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Reglamento del CESPPA contiene disposiciones contrarias a la libertad de expresión

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El reglamento del CESPPA, publicado el 13 de febrero de 2014, contempla seguimiento a información publicada y tecnologías aplicadas a la internet y redes sociales, con el fin de “identificar fortaleza o amenaza para el desarrollo y estabilidad política del país”.

El jueves 13 de febrero de 2014 fue publicado en la Gaceta Oficial (diario oficial de Venezuela) N° 40.355, el Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), organismo creado el 7 de octubre de 2013 (ver alerta de IPYS Venezuela: http://ipys.org.ve/alerta/venezuela-ejecutivo-constituye-mecanismos-de-restriccion-a-la-informacion-publica/), por decreto del Presidente de la República.

El CESPPA tiene entre sus objetivos la unificación de la información sobre seguridad, defensa, inteligencia, orden interno y relación exteriores y la posibilidad de calificar como reservada cualquier información. El reglamento propone la creación de un ente que tendrá como funciones la vigilancia y seguimiento de las comunicaciones que establezcan a través de internet, que podría derivar en restricciones para la libertad de expresión y el derecho a la información.

También puedes descargar el informe en formato PDF haciendo click en: Informe especial CESPPA

Los primeros cambios 

Cuando apenas habían transcurrido 17 días de la publicación del Decreto de Creación del CESSPA, el mismo fue modificado argumentando “fallas en los originales”. El nuevo decreto fue publicado en la Gaceta Oficial N° 40.279, del 24 de octubre de 2013 e incluyó cambios de fondo.

Entre las modificaciones más significativas efectuadas en la reimpresión, se encuentra la eliminación de las líneas del artículo 3 de la primera versión, que atribuye al CESSPA la tarea  de solicitar, organizar y evaluar las informaciones de interés para el nivel estratégico de la Nación,  “asociadas a la actividad enemiga interna y externa” y la disposición que planteaba la búsqueda de información por parte del organismo, “según lo requiera la Dirección Político-Militar de la Revolución Bolivariana”. Dicha dirección no correspondía a un órgano de la estructura del Estado; más bien se trataba de una instancia dependiente del oficial Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), cuyas funciones no son conocidas públicamente. El término “enemigo”, por otro lado, es utilizado solo en casos de guerra y se refiere a enemigos externos. Cuando se habla de enemigos internos se trata entonces de los ciudadanos.

La sustitución de este artículo por la versión “El Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria solicitará, organizará, integrará y evaluará las informaciones de interés para el nivel estratégico que se vinculen a la seguridad de la Nación, provenientes de todos los organismos de seguridad e inteligencia del Estado, según lo requiera el Presidente de la República”, si bien constituye una rectificación, el CESSPA no deja de ser violatorio de la libertad de información y expresión, como se expresará luego en el reglamento recién publicado.

En materia de organización, el artículo 5 del decreto modificado eliminó la figura de Presidente o Presidenta y se dejó en su lugar el cargo de Director General.

Adscrito al Ministerio del Poder Popular del Despacho de la Presidencia y Seguimiento de la Gestión del Gobierno, el objetivo del CESSPA es “unificar el flujo informativo sobre los aspectos estratégicos sensibles de la Seguridad, Defensa, Inteligencia y Orden Interno, y Relaciones Exteriores, para contribuir al proceso de toma de decisiones, así como prever y neutralizar potenciales amenazas a sus  intereses” (de la Nación), según está definido en el artículo 7 de su decreto de creación. Unificar el flujo de información es contrario a la pluralidad establecida en el artículo 58 de la Constitución Nacional. La adscripción, además de este organismo a la Presidencia de la República lo convierte en un instrumento que favorece las decisiones unilaterales e inconsultas, que responden a los intereses del gobierno, por encima de los de la ciudadanía, sobre todo en un país cuya Asamblea Nacional le ha dado poderes plenos al Presidente.

El artículo 9 del decreto de creación, le confiere al organismo la potestad de otorgar carácter de reservada, clasificada o de divulgación limitada a cualquier información, según la consideración del Director del organismo (ver alerta del IPYS Venezuela: http://ipys.org.ve/alerta/venezuela-ejecutivo-ejecuta-cambios-en-mecanismos-de-restriccion-a-la-informacion-publica/).

 La estructura del organismo

Aunque pasaron 4 meses desde la creación del organismo hasta su reglamentación, desde la Presidencia de la República ya se habían tomado las primeras decisiones sobre su funcionamiento.

El 9 de octubre de 2013 fue publicado en la Gaceta Oficial Nº 40.268, el nombramiento del Mayor General Gustavo Enrique González López, como Director del CESPPA. Mientras que el 6 de febrero de 2014, fue designado el Teniente Coronel Eduardo Albornoz Lizardi, como Coordinador de Administración y Finanzas del organismo, según la  Gaceta Oficial N° 40.350.

De igual forma se conoció que el General González López fue nombrado simultáneamente como Director del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (SEBIN), según la Gaceta Oficial N° 40.357 del 17 de febrero de 2014. El hecho de que el director de un organismo creado para regular la información sea el director de un cuerpo de seguridad es un signo de alarma, en tanto que justamente los organismos de inteligencia realizan actividades de espionaje y seguimiento que pudiesen vulnerar el derecho a  la confidencialidad, imagen, intimidad, privacidad, honor y reputación, garantizado en el artículo 60 de la Constitución Nacional.

Hasta el momento se desconoce quiénes son las otras personas que conforma el personal del organismo.

Seguimiento a la información publicada en la web

 En relación con las disposiciones del Reglamento Interno del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), el artículo 7 establece la creación de una Dirección de Estudios Tecnológicos y de Información que tiene como objetivo “gestionar los criterios de análisis para la elaboración de los requerimientos informativos en materia de Seguridad, Defensa, Inteligencia y orden Interno, y en cualquier aspecto de interés nacional”.

Entre las funciones de dicha dirección estarán el procesamiento y análisis de informaciones provenientes de la Web y estudios del comportamiento de las redes sociales, así como el análisis situacional “de eventos o acciones que afecten la cotidianidad y la política del Estado”, lo cual queda abierto a cualquier interpretación por parte del organismo regulador. Lo mismo ocurre en el caso de lo que se propone como función del CESSPA: “Diseñar y modelar escenarios, proyecciones y pronósticos de tendencias tecnológicas que sean fortaleza o amenaza para el desarrollo y estabilidad política y social del país”. Esto coloca en riesgo el derecho de acceder información de interés público en un ambiente de vulnerabilidad, en tanto queda a criterio del gobierno, contrariamente a lo que determina el artículo 325 de la Constitución Nacional, que señala que la reserva y clasificación de información referida a asuntos vinculados con la seguridad de la nación solo puede ser regulada mediante la ley y no mediante decreto presidencial.

El reglamento no deja claro cuáles serán las acciones que tomará el CESPPA, en caso de que se identifiquen tendencias tecnológicas o contenidos de internet, que puedan ser consideradas por el organismo como amenazas a la estabilidad política y social del país. No obstante, la publicación de dicho reglamento coincidió con el contexto de conflictividad que se registra en el país tras numerosas manifestaciones estudiantiles realizadas en las últimas semanas, en distintos estados, que tendía a contrarrestar, a través de las redes sociales, el bloqueo informativo derivado de las presiones y amenazas hechas desde el gobierno nacional a los medios de comunicación social. Manifestaciones que se han efectuado en rechazo a la inseguridad y los altos índices de muertes por hechos violentos registrados en el territorio nacional, la escasez de alimentos, medicinas y otros insumos, y el elevado índice de inflación que deriva en altos costos de bienes y servicios.

Estas protestas han sido reprimidas con balas, perdigones y gases lacrimógenos lanzados por cuerpos de seguridad, o atacadas por grupos violentos, que han sido identificados por organizaciones de derechos humanos y periodistas que han estado cubriendo los acontecimientos, como grupos parapoliciales o paramilitares. Como consecuencia de la violencia, se han registrado al menos 10 fallecimientos y centenas de personas detenidas o heridas en todo el país.

En medio de este contexto de conflictividad el Director de la gubernamental Comisión Nacional de Telecomunicaciones (CONATEL), William Castillo, advirtió en una entrevista concedida a la televisora multiestatal  Telesur el 14 de febrero de 2014, que “Estamos viviendo un esquema de guerra electrónica, en el ciberespacio, montajes de fotografías o videos, ataques por aumento de tráfico, intento de penetración de las bases de datos del Estado venezolano, manipulación de fotografías por inventos de noticias que no existen. Estamos resistiendo una guerra electrónica”.

Por su parte, la ministra de Comunicación e Información, Delcy Rodríguez, señaló el pasado 20 de febrero de 2014, a través de su cuenta en la red social Twitter: @DrodriguezMinci, que las “Redes sociales son utilizadas por ejecutores de violencia golpista para crear angustia en la población, en operación sicológica d gran escala”. “Hacemos un llamado a un uso responsable de las redes, no se dejen llevar por comentarios infundados”, agregó.

Estas advertencias de altos funcionarios del ejecutivo, sobre los contenidos que se publican en la web ha coincidido con algunas restricciones registradas en las últimas semanas para el acceso a contenidos y aplicaciones en internet, y a esto se agrega una intervención del embajador de Venezuela ante la OEA, Roy Chaderton, el pasado 19 de febrero, en la que advierte que en Venezuela se utilizan las redes sociales para crear pánico.

Desde el 12 de febrero se han registrado en el país diversas limitaciones y bloqueos para el acceso a contenido en la Web. El jueves 13 de febrero de 2014 la red social Twitter sufrió un bloqueo parcial en Venezuela que impidió la visualización de imágenes, luego de que muchos usuarios publicaran mensajes referidos a las protestas registradas durante los últimos días en el país ver alerta de IPYS Venezuela.

Los afectados fueron los usuarios de Internet ABA, de la estatal CANTV, que provee el servicio a más del 80 por ciento de los suscriptores del país.

Tras las denuncias de bloque de acceso a la red Twitter, la empresa, a través de un comunicado, negó cualquier responsabilidad.

Por su parte, Nu Wexler,  vocero de la compañía Twitter Inc señaló que el bloqueo que afectó a las imágenes en la red Twitter fue aplicado por el gobierno venezolano, según reportó la agencia de noticias Bloomberg

De igual forma se reportó un bloqueo temporal al servicio de internet ABA, que ofrece la estatal Compañía Anónima Nacional de Teléfonos de Venezuela (CANTV) en el estado Táchira (zona suroeste del país, en la frontera con Colombia), que se extendió por 32 horas (desde el 19 hasta el 21 de febrero), de acuerdo a la verificación efectuada por IPYS Venezuela.

La limitación de acceso a internet en el estado Táchira comenzó luego de que el Presidente Nicolás Maduro advirtió en una alocución oficial y obligatoria de radio y televisión, que podría decretar un estado de excepción en esa entidad. “Si tengo que decretar un estado de excepción especial para el Táchira, estoy listo para decretarlo y meter los tanques, las tropas, la aviación, toda la fuerza militar de la Patria, porque el Táchira nosotros la vamos a preservar como territorio venezolano”.

Maduro hizo el anuncio luego de que el ministro de Relaciones de Interiores, Justicia y Paz, Miguel Rodríguez Torres, dijo que desde el estado Táchira se estaba desarrollando un plan de desestabilización contra el Estado venezolano y anunció la instalación de un Estado Mayor militar en la región para recuperar el orden.

Por otro lado, en la noche del 21 de febrero de 2014, se reportó en todo el país un bloqueo de la aplicación Zello, que permite activar la función de radio comunicador (walkie-talkie) en los teléfonos celulares. Esta aplicación estaba siendo usada por manifestantes para difundir información sobre las manifestaciones ante las omisiones informativas de los medios tradicionales de información.

La compañía Zello  confirmó el bloqueo de la red para los usuarios de internet a través de las estatal CANTV, en su cuenta de Twitter @Zello. De igual forma anunció la actualización de la aplicación, para superar el bloqueo.

 Mecanismos para “derrotar planes desestabilizadores”

El Reglamento Interno del CESPPA crea también una Dirección de Procesamiento y Análisis de la Información, que tendrá entre sus funciones: “Procesar y analizar las informaciones suministradas por los distintos Órganos de Seguridad, Defensa, Inteligencia, Orden Interno, Relaciones Exteriores y cualquier otra que tenga impacto en la Seguridad de la Nación” y “Estudiar las tendencias de desarrollo de la situación político social, económico social y situación internacional”.

Crea, además, una Dirección de Investigaciones Sociales, que tendrá como objetivo “desarrollar las acciones a seguir a fin de conocer el cumplimiento de órdenes, indicaciones, decisiones y requerimientos realizados por el Ejecutivo Nacional en función de elevar el conocimiento de la situación operativa, a través de los órganos de Seguridad, Defensa, Inteligencia, Orden Interno, Relaciones Exteriores, así como también verificar las informaciones generadas por los análisis realizados por las otras direcciones del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), mediante la investigación de campo; en función de neutralizar y derrotar los planes desestabilizadores en contra de la Nación”.

La tarea de “derrotar los planes desestabilizadores en contra de la Nación” genera mucha preocupación, por las posibles limitaciones que puede generar para el ejercicio del derecho a la libertad de expresión.

La activación de este mecanismo para “derrotar los planes desestabilizadores”, ha coincidido con  el discurso de altos voceros del gobierno nacional, como el Presidente Nicolás Maduro, el Director de CONATEl William Castillo y la Ministra de Comunicación e Información, Delcy Rodríguez, quienes han acusado públicamente a medios de comunicación privados nacionales e internacionales de intentar desestabilizar el país.

Esta orientación discursiva se expresó en el comunicado emitido el 11 de febrero de 2014 por el Directorio de Responsabilidad Social, cuerpo colegiado dependiente de la gubernamental CONATEL, en el que le advirtió a los medios de comunicación, audiovisuales y electrónicos, que podían incurrir en violaciones a la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (ley RESORTEME) al difundir información sobre los hechos violentos que se estaban registrando en el país, que podrían acarrear penas y sanciones, lo cual califica como censura previa.

“El Directorio observa con preocupación que la cobertura mediática que  están recibiendo los lamentables hechos de violencia generados en algunos lugares específicos del país, por parte de ciertos prestadores de servicios privados,  nacionales y regionales, tanto en radio, televisión y medios electrónicos, pudiese ser considerada violatoria a lo dispuesto en el art. 27 de la Ley de Responsabilidad Social en radio, televisión y medios electrónicos, que claramente prohíbe la difusión de contenidos que hagan apología del odio y la violencia, los llamados al desconocimiento de las autoridades y a alterar la paz pública”, señala el comunicado.

El Directorio considera de suma gravedad que nuevamente, al amparo de la libertad de  expresión, plenamente garantizada en nuestro ordenamiento jurídico, algunos actores del espectro radioeléctrico realicen una cobertura mediática que podría o pudiese privilegiar, en tiempo, tratamiento y lenguaje la promoción de la violencia y los llamados a caotizar la vida pública, por encima de la convocatoria al diálogo, el respeto a la ley y la solución pacífica de los conflictos”, agrega (ver comunicado completo en:

Las primeras víctimas

El 12 de febrero, tras una multitudinaria movilización estudiantil realizada en Caracas, que finalizó con hechos violentos y con el fallecimiento de tres personas, fue sacado de los servicios de televisión por suscripción el canal informativo colombiano NTN24. La página web de la televisora www.ntn24.com también presentó bloqueo.

De igual forma los principales medios audiovisuales estatales y privados del país se cohibieron de difundir información sobre lo que estaba ocurriendo en la ciudad capital, por temor a posibles sanciones.

El 15 de febrero de 2014, en un discurso televisado el Presidente Maduro admitió que la salida del aire de NTN 24 correspondió a una decisión suya y señaló al medio como desestabilizador: “El pasado 12 de febrero, una vez que constaté las denuncias (que hicieron varias personas), tomé la decisión de sacar a ese canal fascista fuera de las cableras venezolanas. Que se vaya con su veneno al Diablo. A Venezuela no la va a desestabilizar un canal de noticias antibolivariano, que se vayan con su fascismo para el carajo”.

De igual forma, el 20 de febrero de 2014, en una alocución oficial obligatoria de radio y televisión, el presidente de la República Nicolás Maduro amenazó con sacar la señal de la cadena informativa estadounidense Cable News Network (CNN), de la programación de los canales de televisión por suscripción del país, luego de acusarlo de promover una propaganda de guerra por la cobertura realizada a los hechos de violencia registrados en las manifestaciones estudiantiles, en rechazo a su gobierno.

Se va CNN de Venezuela, ya basta de propaganda de guerra, si no rectifican, fuera de Venezuela”, afirmó Maduro.

Ese mismo día Francisco Pérez, Viceministro de Radio (Ministerio de Información y Comunicación (MINCI), notificó a los reporteros del canal de noticias CNN en Español, Patricia Janiot, periodista y presentadora de noticias; Magdalena Cabral, productora; Rafael Romo, corresponsal de CNN Internacional; y Osmary Hernández, corresponsal en Venezuela, que se les había revocado el permiso que otorga el gobierno venezolano para trabajar como periodistas en el país.

Janiot y su equipo se retiraron del país el viernes 21 de febrero de 2014. Cuando se estaba retirando del país fue sometida a una revisión luego de que funcionarios de seguridad del aeropuerto la señalaron como sospechosa de portar drogas en uno de sus zapatos, lo cual fue descartado tras la revisión.

De igual forma la periodista Osmary Hernández y su equipo fueron víctimas de un asalto el martes 18 de febrero de 2014, cuando encontraban en el sector El Valle de Caracas, dando cobertura a protestas que se registraban en el lugar

A pesar del retiro de las credenciales Osmary Hernández y su equipo, luego fueron convocados a una rueda de prensa que ofreció el Presidente Maduro la noche del viernes 21 de febrero, en el palacio presidencial Miraflores. Posteriormente les fueron devueltas las credenciales. “Tras la Rueda de prensa de @NicolasMaduro nos llamaron del Minci para activar nuevamente nuestras acreditaciones”, informó en Hernández en su cuenta de Twitter @osmarycnn, el sábado 22 de febrero. En dicha rueda de prensa el mandatario volvió a acusar a los medios internacionales de realizar una campaña de desestabilización.

 CESPPA crea Sistema Nacional de Opinión Pública

Otra de las funciones de la Dirección de Investigaciones Sociales, del CESPPA es “Administrar el Sistema Nacional de Opinión Pública”; pero el reglamento no explica cuáles serán las responsabilidades de dicho sistema ni cómo estará conformado.

El sistema podría estar vinculado al uso de los medios del Sistema Bolivariano de Comunicación e Información (SIBCI), adscrito al Ministerio de Comunicación e Información (MINCI), en cuyos contenidos se difunde un discurso único que corresponde al punto de vista gubernamental sobre lo que está ocurriendo en el país. Lo mismo ocurre con las alocuciones oficiales y obligatorias de radio y televisión, conocidas como cadenas, cuya transmisión es recurrente. Así, entre el 12 y el 22 de febrero el Presidente de la República ha emitido un total de 9 cadenas, que suman 15 horas con 42 minutos y 9 segundos, según el seguimiento hecho por la organización Monitoreo Ciudadano.

Estas cadenas son contrarias a los principios de pluralidad y oportunidad de la información, garantizados en el artículo 57 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, por cuanto impiden que los ciudadanos puedan elegir libremente por qué medio informarse y contar con opciones de información alternativas durante el período de duración de dichas alocuciones, que recurrentemente se realizan en las horas pico de las manifestaciones en las que se registran actos violentos.

Por otro lado, estas “cadenas” constituyen mecanismos de imposición arbitraria de información, que de acuerdo a la Declaración de Principios para la Libertad de Expresión de la OEA, son violatorios de la libertad de expresión y el derecho a la información.

Tanto el recursos de las alocuciones oficiales, como el uso que se da desde el gobierno a los medios de comunicación públicos, negando la voz de otros actores que sean distintos a la de los funcionarios o seguidores del gobierno nacional, son mecanismos que intentan indicar matrices de opinión únicas. De allí que se considere que el Sistema Nacional de Opinión Pública podría estar relacionado con los mismos.  

 Antecedentes del CESPPA

La conformación del CESPPA tiene como precedente la creación del Centro de Estudio Situacional (CESNA), mediante el decreto presidencial Nº 7.454 del 1° de junio de 2010, publicado en la Gaceta Oficial 39.436.

El CESNA era un organismo -adscrito al Ministerio del Poder Popular para Relaciones Interiores y Justicia- que tenía facultades para declarar el “carácter de reservada, clasificada o de divulgación limitada a cualesquiera información, hecho o circunstancia” que sea tramitado por un organismo estatal.

El CESNA quedó derogado con el decreto de creación del CESPPA.

 El CESPPA y su efecto en las libertades informativas

  1. El Decreto de creación del CESPPA establece, de forma clara, la posibilidad de que se establezca censura previa y deja a discreción del Director del organismo la posibilidad de decidir qué censurar, desconociendo los principios constitucionales que garantizan el derecho a la información libre y plural, necesaria para el libre intercambio y flujo de ideas, que debe prevalecer en democracia.
  2. Al establecer restricciones a la información el CESPPA resulta contrario al principio de “progresividad” que debe caracterizar a toda normativa sobre derechos humanos. Y es contrario al derecho a la libre opinión y expresión, garantizado en el artículo 19 de la Declaración Universal de Derechos Humanos suscrita por Venezuela.
  3. Por otro lado, el reglamento del CESPPA y las posibles restricciones que el mismo podría tener en la información que se difunde a través de internet y de los medios de comunicación radioeléctricos e impresos, resultan violatorias de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que en sus artículos 51, 57, 58 y 143, consagra el derecho de todas las personas a la información y prohíbe la censura previa.
  4. La creación de CESPPA y de su reglamento se inscriben dentro de una tendencia de abuso del poder estatal a través de mecanismos legales, que han sido documentados por IPYS Venezuela, a través de su monitoreo sistemático de la libertad de expresión.
  5. Mediante dichos mecanismos legales se establece censura previa y se criminaliza el trabajo informativo de periodistas y medios de comunicación privados, nacionales e internacionales.

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