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La libertad de expresión es materia pendiente

15 puntos para entender el EPU Venezuela 2016

Mariengracia Chirinos

La libertad de expresión y el acceso a la información pública son materias pendientes para Venezuela, y que el gobierno ha querido evadir ante Naciones Unidas.

Venezuela está en la carrera para el segundo ciclo del Examen Periódico Universal, y el próximo 1 de noviembre deberá  rendir cuentas a los demás países en materia de derechos humanos ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU, en Ginebra.

Ante esta evaluación internacional, el Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (IPYS Venezuela) presenta 15 puntos pendientes sobre libertad de expresión de cara al EPU Venezuela. Este es un análisis de las prioridades del país en asuntos de libertad de expresión y acceso a la información, y hace un análisis de la información aportada por el Estado venezolano, así como por la oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas de los Derechos Humanos.

  1.   La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos mostró en su informe 2016su preocupación por las restricciones que se presentan en Venezuela en torno a la libertad de expresión desde 2011, cuando Venezuela presentó la primera evaluación ante el Consejo de Derechos Humanos. Esta instancia destacó las reiteradas negativas del gobierno de Venezuela para aceptar la visita de su oficial regional, que se encuentra en Chile.
  2.   La Oficina del Alto Comisionado para las Naciones Unidas de los Derechos Humanos denunció que entre 2012 y 2016 el Estado venezolano ha negado la visita a 10 relatores especiales, entre ellos los que atienden asuntos de libertad de expresión, defensores de DDHH e independencia judicial. Resaltó las restricciones para el ejercicio de la libertad de expresión en el país.
  3.   El Informe del Alto Comisionado para las Naciones Unidas para los Derechos Humanos, refirió que “IPYS Venezuela manifestó que se habían debilitado las garantías fundamentales para el ejercicio de la libertad de expresión y el derecho a la opinión libre, con un aumento de agresiones, medidas de censura, detenciones arbitrarias, vigilancia policial, interceptación arbitraria de comunicaciones y abuso de poder por parte de autoridades estatales”.
  4.   En su informe oficial, el gobierno de Venezuela resaltó como un logro, su participación como miembro del Consejo de Derechos Humanos y su participación en los Exámenes ante los diversos Comités de Derechos Humanos.  El gobierno alabó su política en materia de DDHH al crear un órgano gubernamental para la atención de estos temas, que es el Consejo de Derechos Humanos, el cual depende de la Vicepresidencia de la República y a juicio de la sociedad civil carece de autonomía e independencia.
  5.   Pese a que en distintas instancias de Naciones Unidas se han abordado las restricciones de libertad de expresión en Venezuela, entre 2014 y 2016 el Estado venezolano en su informe para el EPU, no aportó información significativa en función de las condiciones para el ejercicio de la libertad de expresión y el acceso a la información en Venezuela.
  6.   Entre los 9 desafíos que planteó el Estado venezolano en su informe oficial, no se priorizaron los asuntos de libertad de expresión, acceso a la información pública, así como los derechos digitales y la garantía de internet.
  7.   El Estado venezolano solo se refirió a asuntos del programa gubernamental de apoyo a los medios comunitarios, el acceso a Internet, a la Televisión Digital Abierta, y la perspectiva de género en el marco regulatorio de radiodifusión. Sin embargo, no dio seguimiento a las observaciones y recomendaciones que le han hecho distintas instancias de Naciones Unidas, en relación a asuntos de libertad de expresión y acceso a la información.
  8.   En Venezuela no se cumplió la etapa de consulta nacional para la elaboración del informe del Estado, tal como lo establecen los términos de funcionamiento del EPU. Sin embargo, la Defensoría del Pueblo indicó que “organizaciones no gubernamentales, organizaciones comunitarias y activistas habían sido consultadas en el proceso de elaboración del EPU”.
  9.   La adopción de una ley nacional que garantice el acceso a la información pública ha sido una preocupación reiterada tanto del Comité de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, como de la Oficina de Naciones Unidas en el resumen de la información recibida de diversas organizaciones para el EPU 2016.
  10. En sus dos informes, el Alto Comisionado para los DDHH reflejó preocupaciones sobre el control restrictivo de los medios de comunicación y la discrecionalidad del marco normativo y de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones. Así como también por el uso abusivo de los medios estatales con fines proselitistas. Otras organizaciones progubernamentales apoyaron la aprobación de la Ley de Medios Comunitarios.  El Estado, por su parte, defendió su programa centralizado de financiamiento de medios comunitarios, la composición del mercado de los operadores de los servicios de telecomunicaciones, pero no profundizó sobre los criterios de independencia, libertad y autonomía para operar.
  11. Pese a las observaciones del Comité de Derechos Humanos en 2015, el Estado no refirió los asuntos de fondo relacionados a la política pública de telecomunicaciones en el país. Los propios datos que ofreció el Estado venezolano, tanto para el EPU Venezuela (2016) como para el Examen del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos (2015) en cuanto a la distribución del espectro radioeléctrico y la asignación de concesiones no son consistentes, pues presentan divergencias en cuanto a la cantidad de concesiones otorgadas al sector privado. En 2016, para el EPU Venezuela, el Estado informó que “se registraron 934 operadores de radio autorizados (fm/am), de los cuales 635 concesiones son empresas privadas y 29 corresponden al sector público, representando un incremento del 10% en la concesión de emisoras en frecuencia modulada del Estado”. Entre tanto, ante el Examen de Derechos Civiles y Políticos, realizado en 2015 por el Comité de Derechos Humanos, el Estado aseguró que “el número de concesiones privadas en tv abierta pasó de 36 a 63 en 15 años. En 15 años de Revolución Bolivariana no ha habido ninguna sanción que haya culminado en revocatoria de concesión, ni en televisión ni en radio. Y lo mismo puede decirse del sector de la radio: las concesiones privadas en Frecuencia Modulada (FM) pasaron 329 en 1999 a 516 en 2015, es decir, 187 nuevas concesiones de radio al sector privado”.
  12. La Oficina del Alto Comisionado de las Naciones Unidas para los Derechos Humanos destacó la información aportada por la sociedad civil que refleja la preocupación de la aplicación de las penas por la expresión y la opinión en Venezuela. Este fue un tema que se omitió en el Informe del Estado para el EPU 2016. Sin embargo, el gobierno negó, en el Examen de Derechos Civiles y Políticos, que en Venezuela hubiesen personas enjuiciadas y encarceladas por ejercer la libertad de expresión.
  13. Para el EPU 2016, el Estado venezolano omitió información sobre las restricciones para las libertades en Internet en Venezuela. No rindió cuentas sobre los criterios de neutralidad, libertad y privacidad en la red. No se abordó la política de bloqueos selectivos en cuanto a la difusión de contenidos en Internet, ni el desarrollo normativo en este tema. Solo se refirió a los datos de acceso a internet que discrepan con los datos oficiales de la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) de los cuales IPYS ha interpretado que solo 6 de cada 10 venezolanos tienen acceso a internet, y que la penetración predomina en zonas urbanas, desfavoreciendo a las zonas suburbanas y rurales.
  14. El informe del Alto Comisionado da cuenta de la poca cooperación del Estado venezolano con los procedimientos especiales de Naciones Unidas. Mostró su preocupación por las restricciones que tiene Venezuela para asistir a los mecanismos de justicia del Sistema Interamericano de Derechos Humanos. Por su parte, el Estado también ha declarado inejecutables las sentencias emitidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en asuntos de libertad de expresión.
  15. La oficina del Alto Comisionado y la sociedad civil venezolana expresaron su preocupación por el hostigamiento constante hacia defensores de DDHH, a través de distintos mecanismos que incluyen la utilización de los medios de comunicación estatales. Por su parte, el Estado no se refirió al rol de funcionarios públicos en torno a la función de los defensores de DDHH, ni de los procesos de seguimiento ante ataques a activistas de DDHH.

Desafíos para Venezuela

Ante este contexto, el Instituto de Prensa y Sociedad de Venezuela considera que es fundamental que el gobierno de Venezuela adopte ocho recomendaciones en materia de libertad de expresión. Estas son propuestas que ha realizado esta organización en función a sus investigaciones, y que de aplicarse en el país contribuirían significativamente para que se respete, se promueva y se resguarden las libertades informativas y de opinión, pilares fundamentales de las sociedades democráticas.

1.- Garantizar que Ley Orgánica de acceso a la información pública que establezca procedimientos y obligaciones concretas que respeten las normas constitucionales venezolanas, permitiendo así un real acceso a la información de interés público por parte de los ciudadanos.

  1. Garantizar la autonomía y la independencia de la autoridad encargada de establecer y ejecutar las políticas públicas de telecomunicaciones.
  2. Impulsar la reforma del Código Penal vigente derogando los artículos que establecen los delitos de difamación, calumnia, desacato e injuria de manera que no se apliquen delitos de opinión en el caso de periodistas, medios de comunicación y defensores de derechos humanos.
  3. Promover una política pública que establezca mecanismos para salvaguardar los principios de neutralidad, acceso y privacidad y en general los derechos digitales impulsando una diversidad de operadores en igualdad de condiciones.  
  4. Expedir una invitación abierta y permanente a los procedimientos especiales del Consejo de Derechos Humanos de Naciones Unidas del cual forma parte Venezuela y en particular a los relatores para la Libertad de Expresión y para los defensores de derechos humanos.  Igualmente garantizar el acceso de los relatores del sistema interamericano de derechos humanos.
  5. Expedir una invitación al relator especial de Naciones Unidas sobre la independencia de jueces y abogados con el objetivo que este pueda investigar las múltiples denuncias de hostigamiento contra defensores de derechos humanos, periodistas, activistas políticos, representantes gremiales, empresarios y sindicalistas que han sido sancionados por divulgar informaciones de interés público.
  6. Dar cumplimiento a las obligaciones establecidas en las sentencias expedidas por la Corte Interamericana de Derechos Humanos en materia de libertad de expresión y acceso a la información, que fueron expedidas con anterioridad a la denuncia de la Convención Americana de Derechos Humanos en el año  2013.
  7. Iniciar las investigaciones administrativas o judiciales necesarias en los casos en que los funcionarios públicos realizan declaraciones en las que estigmatizan la labor de los defensores de derechos humanos y periodistas, violando el derecho a la privacidad, libre expresión haciendo uso de los medios de comunicación públicos.

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Vea también: Infografía / Lo que necesitas saber sobre el Examen Periódico Universal (EPU)

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