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#Mentirómetro: Lo que no dijo William Castillo ante la ONU

  • #EPU2016 La libertad de expresión fue el tema que más recomendaciones recibió en la evaluación del 1 de noviembre. El vocero del Estado no dijo toda la verdad y omitió datos que demuestran el deterioro de este derecho desde 2012, fecha del último examen

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William Castillo presente en el Examen Periódico Universal 2016 en Ginebra, Suiza. Cortesía Maru Morales
Por Mariengracia Chirinos, Maruja Dagnino y Maru Morales P.

El pasado 1 de noviembre, día en que fue designado viceministro de Comunicación Internacional, William Castillo habló ante el Consejo de Derechos Humanos de la ONU sobre libertad de expresión en Venezuela. Castillo, que se ha desempeñado como director de Conatel, presidente encargado de TVES y de VTV, le cayó a cuentos a los países del Consejo, y en general a los 103 Estados que participaron en el examen de Venezuela. La libertad de expresión fue el tema que más recomendaciones recibió durante la evaluación con más de 30 señalamientos. Alemania, Francia y Portugal fueron tres de los Estados que recomendaron salvaguardar el derecho a la libre expresión, la libre circulación de la prensa, tomar medidas para que no haya represalias contra periodistas por informar y garantizar el libre acceso a la información.

Lo que dijo

“La libertad de expresión en Venezuela se garantiza plenamente. Tenemos un marco constitucional y legal que refuerza la libre circulación de las ideas e informaciones, garantiza la democratización y el acceso del pueblo y la responsabilidad ulterior como pilares esenciales y que esté en perfecta armonía con el pacto internacional y demás instrumentos de derechos humanos”.

La realidad

El 07 de octubre de 2013, la Presidencia de la República anunció la creación del Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (Cesppa/ Gaceta Oficial N° 40.266). Junto a otras disposiciones ejecutivas, esta instancia demuestra un uso desproporcionado del poder del Estado, y podría ser utilizada para restringir la libertad informativa y el acceso a la información pública por parte de los medios comunicación, de los periodistas, de los ciudadanos y  de la sociedad civil organizada en general.

Lo que dijo

“En Venezuela no hay ni un solo periodista o miembro de una organización no gubernamental detenido o sometido a un proceso judicial en razón de su actividad profesional”

La realidad

El 3 de septiembre de 2016 funcionarios del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin) encapuchados, sin orden de allanamiento y con armas largas, se presentaron en la casa de la familia Jatar para hacer requisa que duró hora y media. El periodista y abogado, director del portal web Reporte Confidencial fue imputado por el presunto delito de “legitimación de capitales” bajo el argumento de que en su vehículo se encontraba un maletín con 25 mil dólares y 19 mil bolívares, delito que es penado con 15 años de cárcel. El incidente ocurrió luego de que Braulio Jatar publicó información sobre la protesta de la noche del 2 de septiembre, en el sector Villa Rosal en la Isla de Margarita, en rechazo a la visita del Presidente de la República, Nicolás Maduro. Aún está recluido y su salud es precaria.

En marzo de 2016 condenaron a cuatro años de prisión a David Natera, dueño del diario Correo del Caroní, por el delito de difamación e injuria, tras una demanda que ejerció Yamal Mustafá, presidente y dueño de Primicia, por publicar información sobre un juicio contra la estatal Ferrominera del Orinoco, por hechos de corrupción donde se le menciona de acuerdo a información contenida en los informes del caso. Se ordenó también la prohibición de salida del país del editor de 72 años, y su presentación periódica ante los tribunales de la región, además de que se le inhabilitó políticamente. De acuerdo a los tratados internacionales, los delitos de difamación e injuria deben estar fuera de los códigos penales.

Lo que dijo

“Hay, sí, algunos dueños de medios de comunicación que enfrentan juicios por delitos de difamación e injuria y que se encuentran prófugos de la justicia”.

La realidad

En el año 2005, en una reforma al Código Orgánico Procesal Penal, se incluyó el delito de Difamación Agravada Continuada, que quedó establecido en el artículo 120 del Código Orgánico Procesal Penal, y en el artículo 442 del Código Penal Venezolano. Bajo este delito se ha enjuiciado a 30 personas vinculadas a los medios y al periodismo, incluyendo la que el entonces presidente de la AN, Diosdado Cabello, emprendió contra 22 ciudadanos vinculados a Tal Cual, El Nacional y el portal La Patilla, por haber reproducido del ABC de España una noticia en la que se vinculaba a Cabello con el narcotráfico. En 2016 se suma la demanda de Cabello en contra del diario neoyorquino The Wall Street Journal (WST).

De 71 acciones legales que IPYS Venezuela enumera en su registro histórico (2002-2016), 30 se corresponden con el delito de difamación e injuria, tipificados en el Código Penal Venezolano y Código Orgánico Procesal Penal. La mayoría estas acciones se dirigieron contra medios impresos y se acompañaron con medidas de censura que implicaron la prohibición de coberturas sobre criminalidad, violencia y temas de corrupción.

Lo que dijo

“(Hay) 97 medios privados y 11 públicos, y el 92% de estos recibe papel prensa de parte del Estado”.

La realidad

En un país con control de cambio, el Estado centraliza las divisas preferenciales para la compra de papel prensa a través de un organismo adscrito al Ministerio de la Secretaría de la Presidencia, de nombre Complejo Editorial Alfredo Maneiro. Entre agosto de 2013 y julio de 2016, al menos 48 medios impresos en 16 estados denunciaron dificultades para adquirir el papel periódico y otros insumos necesarios para la impresión de sus ediciones, como tinta, películas y planchas, debido a obstáculos para la adquisición e importación de la materia prima. En los primeros siete meses de 2016, IPYS Venezuela registró al menos 31 alertas a la libertad de expresión vinculadas a esta problemática. Esta institución contabiliza 14 medios impresos que han dejado de circular entre 2013 y 2016 por esta causa: cuatro de manera definitiva y otros diez han salido de circulación de manera temporal.

Lo que dijo

“Nuestro modelo comunicacional es una alternativa democratizadora frente al modelo neoliberal”.

La realidad

El 8 de junio de 2016, la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) de Venezuela ordenó a los medios digitales La Patilla y Caraota Digital no difundir en su sitio web y en sus cuentas en redes sociales videos de linchamientos, tras declararse procedente una medida cautelar, la cual se extendió a todos los medios de comunicación e información en el país.

El 23 de agosto de 2016, el Tribunal Segundo de Primera Instancia del Circuito Judicial Civil, Mercantil y de Tránsito del estado Barinas, a cargo de la juez Nayade Osorio, avaló la censura en materia de corrupción en Barinas. A través de un amparo constitucional, este tribunal prohibió a los medios impresos La Prensa, La Noticia y Diario de Los Llanos, publicar denuncias que relacionen al gobernador de Barinas, Adán Chávez, en casos de corrupción que no hayan sido procesados por el sistema judicial venezolano.

Lo que dijo

“Existen más de 1.000 emisoras de radio y televisión. Del total de permisos otorgados para operar en el espectro electromagnético, 67% es controlado por empresas privadas, 5% por el Estado y 28% ha sido entregado a pequeñas radios y televisoras en manos de las comunidades.”  

La realidad

80% de las emisoras de radio en el país tienen su concesión vencida, según Enza Carbone, presidenta de la Cámara de Radio de Venezuela, lo cual pone a estas emisoras a merced del Estado.

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