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Funcionario militar despojó equipo a periodista e intentó detenerlo

El viernes 22 de abril de 2016, el periodista Pedro Zapata fue intimidado por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), cuerpo de seguridad del Estado, cuando cubría un procedimiento contra supuestos “bachaqueros” en un mercado popular de la avenida Orinoco de Puerto Ayacucho, capital del estado Amazonas.

Aproximadamente a las 11:00 de la mañana, un vehículo militar de la GNB llegó al lugar con unos 25 efectivos que integraban la comisión, el comunicador realizaba avances radiales en  vivo  para informar sobre el hecho noticioso y con teléfono celular tomó fotos de lo que sucedía.

Al percatarse de la presencia del reportero, un funcionario de la GNB, supuestamente recibiendo órdenes de un teniente, le manifestó al comunicador social que iba a ser detenido, además le arrebató su equipo móvil.

Zapata explicó que se negó a la detención, corrió para no ser aprehendido y posteriormente se presentó en la sede militar para buscar su teléfono. Le entregaron el equipo; no obstante, les fueron borradas las imágenes que había captado de la situación irregular, acción que constituye un abuso y actuación arbitraria por parte del organismo castrense.

El CNP seccional Apure-Amazonas denunció que se le fueron vulnerados sus derechos, además de sufrir tratos degradantes. “Fue un agravio a la libertad de prensa, se evidencia un abuso de poder y autoridad por parte de funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana”, expresó el gremio periodístico.

Esta alerta a la libertad de expresión representa un uso abusivo del poder estatal vinculado a una limitación a la cobertura de asuntos de interés público con fines intimidatorios por parte de efectivos militares, así como también se enmarca en un ataque contra los bienes del periodista ante el arrebato de su herramienta de trabajo y la eliminación de la información recabada del hecho.

El derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información se encuentran consagrados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, los cuales establecen que todos los ciudadanos tienen derecho a la comunicación libre y plural sin censura.

El numeral 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley. De igual manera, su numeral 9 señala que los hechos de intimidación, amenaza y agresión violan los derechos fundamentales de las personas y coartan severamente la libertad de expresión.

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