miércoles , abril 24 2024

Autoridades regionales ordenaron cortar el servicio de luz en Radio Fe y Alegría Delta Amacuro

La transmisión sobre hechos irregulares en Tucupita fue interrumpida arbitrariamente, acusando a la radioemisora de incitar los saqueos

Alba Perdomo

Radio Fe y Alegría Delta Amacuro 92.1Fm está fuera del aire desde el mediodía del jueves 30 de junio de 2016, luego que autoridades regionales ordenaran la suspensión del servicio eléctrico en la emisora, por ser la única radio que estaba transmitiendo acerca de hechos irregulares en la capital deltana.

Voceros de la emisora resaltaron que el Secretario de Gobierno de Delta Amacuro, Alexander Amares, culpó al medio de incitar los saqueos. El casco central de Tucupita esta militarizado y los periodistas de Fe y Alegría se resguardaron en casas de vecinos, previniéndose ante cualquier situación violenta.

El director de la radioemisora, Francisco Pérez, ha sido abordado en dos oportunidades por funcionarios policiales en la sede del medio de comunicación.

Habitantes de diferentes sectores manifestaron con tranca de carreteras en varios sectores de Tucupita. También hubo intento de saqueo en el mercado municipal de Tucupita y en la casa de almacenamiento de PDMERCAL. La situación fue controlada por los cuerpos de seguridad. Las protestas dejaron un grupo de personas detenidas.

Esta alerta a la libertad de expresión representa un uso abusivo del poder estatal que se vincula a un hecho de censura por parte de la autoridad regional tras una decisión arbitraria que impidió a un medio de comunicación cumplir con sus funciones informativas. El hecho intimidatorio también se enmarca en una declaración agraviante por la autoridad pública ante la acusación hacia el medio radial de incitar al saqueo.

Imagen Interna

Basados en la normativa nacional, el artículo 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela garantiza el derecho que tienen los ciudadanos de expresarse libremente y estar informados sobre hechos que sean de su interés sin que pueda establecerse censura.

El numeral 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley. El numeral 9, por su parte, señala que los hechos de intimidación, amenaza y agresión violan los derechos fundamentales de las personas y coartan severamente la libertad de expresión.

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