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Sala Constitucional declaró inadmisible acción de amparo interpuesto por periodista contra Diosdado Cabello y ex director de Comunicación e Información de la Asamblea Nacional por limitación de acceso a la AN en 2013

El 2 de mayo de 2014, la Sala Constitucional declaró inadmisible la acción de amparo constitucional interpuesta por Maru Morales, periodista del diario El Nacional, contra Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional (AN), y Ricardo Durán, quien para mayo de 2013 fue Director de Comunicación e Información de ese organismo. La periodista solicitó la mencionada acción de amparo, luego de que se le prohibiera el acceso de lugar a la sede parlamentaria para ejercer plenamente con su labor periodística.

La Sala Constitucional desestimó el recurso de amparo interpuesto por la periodista Maru Morales, luego de señalar que los denunciados poseen categorías distintas, pues Diosdado Cabello, como presidente de la AN, se le considera alto funcionario del Estado con jerarquía constitucional, mientras que Ricardo Durán no gozaba de la misma para ese momento.

Por esta razón, la sentencia emitida por el Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) señala que la acción de amparo debió ser interpuesta ante la Sala Constitucional solo contra el funcionario Diosdado Cabello, pues conforme con el artículo 7 de la Ley Orgánica de Amparo sobre Derecho y Garantías Constitucionales, Ricardo Durán no tenía la mencionada jerarquía l. En consecuencia, la acción de amparo en contra de Durán debe ser interpuesta ante el Tribunal Superior Contencioso Administrativo de la Región Capital.

Se debe recordar que entre el 21 de mayo y el 3 de junio de 2013 se impidió a la periodista Maru Morales ingresar a la AN, luego de que Ricardo Durán, en sus facultades como director de Comunicación e Información, le prohibiera el acceso a la sede parlamentaria y le calificara de “operadora política de la derecha para entorpecer los trabajos comunicacionales de la Asamblea Nacional” por artículo publicado por la periodista el 7 de mayo de ese año titulado Nuevas Restricciones a la prensa en la Asamblea Nacional, según señala la sentencia del TSJ (http://www.tsj.gov.ve/decisiones/scon/mayo/163536-322-2514-2014-13-0508.HTML).

Un día después, la periodista del diario El Nacional, acompañada con representantes del Colegio Nacional de Periodistas (CNP), se reunió con Durán quien le comunicó que la medida que restringía su acceso a la sede parlamentaria sería levantada. Morales pudo retomar la cobertura de las sesiones el 4 de junio de 2013.

En medio de la coyuntura, la periodista Maru Morales, asistida por el abogado Oswaldo Cali de la Asociación Civil Espacio Público, introdujo la demanda de amparo constitucional el 31 de mayo de 2013, alegando que con esta prohibición se le infringieron los derechos constitucionales de igualdad ante la ley, libertad de expresión y comunicación y al trabajo.

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