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Efectivos de la GNB obligaron a reportero a borrar material fotográfico

Luis Alejandro Borrero

Carabobo.- El domingo 28 de agosto de 2016, aproximadamente a las 11:00 a.m., un grupo de cinco efectivos de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), cuerpo de seguridad del Estado, obligó al fotoperiodista Saúl Zerpa a borrar material fotográfico en las afueras del Internado Judicial de Carabobo, conocido como Penal de Tocuyito, a 135 kilómetros de Caracas. Allí estuvo retenido durante aproximadamente 25 minutos.

El reportero, que trabaja para el periódico local El Carabobeño, se encontraba realizando la cobertura de un traslado de reclusos. “Llegué, me bajé del carro y empecé a hacer unas gráficas afuera de la cárcel. Tomaba una fachada del sitio”. Cuenta que en el momento que fue avistado por un guardia, éste le exigió que dejara de tomar fotografías. Cuando Zerpa se identificó como trabajador de la prensa, el efectivo hizo caso omiso. Lo obligó a entrar al penal.

Internado Judicial de Carabobo | Crédito: El Carabobeño
Internado Judicial de Carabobo | Crédito: El Carabobeño

Una vez dentro del internado judicial, Zerpa fue llevado a una garita —salón u oficina de operaciones—. Allí fue abordado por cinco efectivos mientras le pidieron que se sentara en una silla plástica. “Me decían, en un tono muy impositivo, que borrara las fotos”. Repetían el mensaje, cada vez con más fuerza y coacción.

Zerpa no tuvo opción que deshacerse del material que había recolectado durante el día. Los militares le obligaron a ver a través de la pantalla de su cámara cómo oprimía la opción de “formatear”. Perdió al menos 200 fotografías que había hecho. “Luego de eso, uno de los efectivos, que al parecer tenía nociones del manejo de la cámara, sugirió que el equipo tenía una memoria interna”. El comentario molestó al grupo, por lo que siguieron las presiones.

El reportero gráfico explicó que no estaba utilizando la memoria interna de la cámara por su poca capacidad, sino el chip extraíble. “Fue en ese momento cuando uno de ellos me pidió la cámara”. Zerpa se negó a entregarla, alegando que ese era su instrumento de trabajo. Tras asegurarse que las fotos habían desaparecido fue puesto en libertad. “Esta es la primera vez que me pasa algo así. Ni siquiera en la cobertura de sucesos criminales había tenido encontronazos con la policía o cuerpos de seguridad. Yo no cometí ningún delito, pero parece a las autoridades les preocupa mucho que no se sepa lo que sucede muros adentro de esa cárcel”.

Este hecho con fines intimidatorios representa un uso abusivo del poder estatal vinculado a un ataque contra los bienes del periodista y su herramienta de trabajo, con el fin de impedir la divulgación del material periodístico, y; por consiguiente, un acto de censura.

Entre el 1 de enero y el 30 de agosto de 2016, IPYS Venezuela registra al menos siete alertas a la libertad de expresión en el estado Carabobo. En este mismo período, se registran 28 ataques contra las herramientas de trabajo de los comunicadores durante el cumplimiento de sus funciones en el país.

Los derechos a la libre expresión y a estar informado se encuentran contemplados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La normativa nacional establece que los ciudadanos tienen el derecho de expresar sus ideas y opiniones, así como el de buscar, recibir y difundir información que sea de su interés, a través de cualquier medio de comunicación, sin que pueda establecerse censura.

Cabe destacar que el numeral 5 de la Declaración de Principios sobre libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

Los hechos de intimidación, amenaza, y agresión a los comunicadores sociales, así como la destrucción de sus materiales de trabajo, violan los derechos fundamentales de las personas y coartan gravemente la libertad de expresión, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA).

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