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Funcionario militar obligó a reportero a borrar fotografías

El 15 de agosto de 2016, un efectivo del Servicio Bolivariano de Inteligencia Nacional (Sebin), cuerpo de seguridad del Estado, impidió a un equipo reporteril del Periódico de Occidente, impreso regional, conformado por la periodista Josselyn Aldazaro y el reportero gráfico Marcos Pérez, cumplir con sus funciones informativas en las instalaciones del terminal Acarigua-Araura, en el estado Portuguesa.

Los reporteros se encontraban en el lugar cuando un funcionario del Sebin, quien portaba chaleco antibala y sostenía su arma de reglamento en la cintura, trató de despojar al reportero de su cámara. Pérez, quien estaba tan nervioso, no lo permitió, pero por temor decidió eliminar las fotografías que había registrado por orden del funcionario.

Aldazaro intentó mediar para impedir la acción, pero el funcionario la ignoró y empujó levemente con el cuerpo para impedir algún tipo de forcejeo. Los reporteros se retiraron del lugar.

Video. Cortesía @mariangelmartin

El 16 de agosto, la seccional del Colegio Nacional de Periodistas (CNP) en el estado Portuguesa emitió una nota que rechaza el hecho. Hizo un llamado a las autoridades estatales para evitar que este tipo de acciones vulneren la libertad de expresión.

Este hecho representa un uso abusivo del poder estatal vinculado a ataques contra las herramientas de trabajo con el fin de impedir la divulgación del material periodístico, y; por consiguiente, un acto de censura.

Entre el 1 de enero y el 31 de julio de 2016, IPYS Venezuela registra al menos 6 alertas a la libertad de expresión en el estado Portuguesa. En este mismo período, se registran 23 ataques contra las herramientas de trabajo de los comunicadores durante el cumplimiento de sus funciones en el país.

Los derechos a la libre expresión y a estar informado se encuentran contemplados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La normativa nacional establece que los ciudadanos tienen el derecho de expresar sus ideas y opiniones, así como el de buscar, recibir y difundir información que sea de su interés, a través de cualquier medio de comunicación, sin que pueda establecerse censura.

Cabe destacar que el numeral 5 de la Declaración de Principios sobre libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

Los hechos de intimidación, amenaza, y agresión a los comunicadores sociales, así como la destrucción de sus materiales de trabajo, violan los derechos fundamentales de las personas y coartan gravemente la libertad de expresión, de acuerdo con lo establecido en el numeral 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA).

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