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Amedrentaron a Correo del Caroní a través de Twitter

Alba Perdomo

El viernes 11 de marzo de 2016, a la una de la tarde, empezaron a difundir desde la cuenta de Twitter del diario Primicia una serie de tuits en los que el impreso dio su versión de los hechos con relación a la sentencia por la demanda de difamación en contra David Natera Febres, director del Correo del Caroní, y que terminó con una condena de cuatro años de prisión. Con el uso de la etiqueta #DifamarNoEsInformar, se amedrentó al Correo del Caroní y se hizo frente a #InformarNoEsDelito, promovida desde horas de la madrugada por ONG, medios de comunicación y la sociedad civil. Esta última etiqueta logró ser trending topic en Venezuela.

En los tuits publicados, se hicieron aseveraciones con relación al juicio contra David Natera, dueño del Correo del Caroní. Una de las más importantes fue que el juicio entre Yamal Mustafá y Natera  es un caso privado entre dos dueños de medios y no un caso de censura.

Publicaron que Natera es culpable del delito de difamación agravada y que no irá preso por solicitud expresa de los abogados de Yamal Mustafá. Asimismo argumentaron que en el juicio nunca fue acusada la periodista que escribió la nota de prensa, pese a que la defensa intentó culparla por ella.

En un tuit aseguran que Natera no fue culpable por informar sobre el caso de Ferrominera del Orinoco sino por difamar y usar subjetividad contra Yamal Mustafá, y que el juicio entre ambos directivos de medios duró más de 2 años por uso abusivo de los recursos procesales por parte de la defensa.

Sentencia que avala la censura

Se debe recordar que en horas de la madrugada del viernes 11 de marzo, un tribunal del estado Bolívar condenó a Natera Febres por el delito de difamación por informar sobre un caso de corrupción en la empresa estatal Ferrominera del Orinoco, en la que Mustafá estaba presuntamente involucrado. También pesa sobre el diario una multa de 1.137 unidades tributarias, que equivalen a 201.249 bolívares (aproximadamente 1.000 dólares al cambio oficial, al tipo de divisas complementarias, fluctuante, que para el momento se ubicó en 200 Bs. por dólar).

La condena penal podría activar la demanda civil que introdujo, en 2013, Mustafá en contra del Correo del Caroní. Ese recurso implicaba una sanción 20 millones de bolívares (al cambio oficial para el momento representaban 126.000.000$), además de una medida preventiva de embargo sobre los bienes de David Natera. Esa multa podría derivar en el cierre del medio.

Desde el viernes 11 de marzo de 2016, se espera que en un lapso de 10 días hábiles, el juez publique la sentencia firme. El Correo del Caroní apelará esta decisión de mantenerse la condena que sanciona económicamente y ordena la privación de libertad de Natera, según informaron a IPYS Venezuela.

Libertad de expresión

Esta alerta a la libertad de expresión representa una ciberagresión con fines intimidatorios promovida por un medio de información.

El numeral 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida,  a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

Se hará seguimiento.

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