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Limitan cobertura de protesta a equipo reporteril de NTN24

El 20 de julio de 2016, trabajadores del Ministerio de Alimentación golpearon la cámara del canal de noticias colombiano NTN24, durante una cobertura de protesta por falta de comida. El hecho fue dado a conocer por el medio, tras la publicación de un vídeo en su cuenta en la red social Twitter y en su sitio web.

“Fuera, fuera de aquí”, gritaban repetidamente los funcionarios del ministerio a las mujeres que protestaban en rechazo a la escasez de alimentos, mientras que otro de los trabajadores se acercó al equipo reporteril del canal televisivo con el propósito de golpear la cámara para evitar que siguieran grabando lo que allí ocurría.

La actuación violenta de los funcionarios, identificados claramente con el oficialismo, obligó al reportero gráfico a darse la vuelta y apuntar al suelo.

Esta alerta a la libertad de expresión representa una limitación de hecho a la cobertura de asuntos de interés público por inseguridad evidente de los periodistas para realizar una cobertura en la calle por hostilidad de grupos afectos al gobierno nacional. De igual manera, se vincula a un ataque contra las herramientas de trabajo de los reporteros.

Los derechos a la libre expresión y a estar informado se encuentran contemplados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela. La normativa nacional establece que los ciudadanos tienen el derecho de expresar sus ideas y opiniones, así como el de buscar, recibir y difundir información que sea de su interés, a través de cualquier medio de comunicación, sin que pueda establecerse censura.

El numeral 9 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) señala que los hechos de agresión, amenaza e intimidación “a los comunicadores sociales, así como la destrucción material de los medios de comunicación”, violan los derechos fundamentales de las personas y coartan severamente la libertad de expresión. “Es deber de los Estados prevenir e investigar estos hechos y sancionar a sus autores”.

El numeral 5 de la Declaración de Principios establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida, a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

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