miércoles , abril 17 2024

Fundación Regional negó empleo a periodista al no firmar solicitud de la no promulgación de la Ley de Amnistía

Por María Virginia Velázquez

La Fundación Regional “El Niño Simón”, en Mérida, a cargo de Griceyd Burguera de Ramírez, esposa del gobernador del estado, Alexis Ramírez, negó un empleo como periodista a María Fernanda Barrios por rehusarse a firmar “una lista” que solicita al presidente Nicolás Maduro la no promulgación de la Ley de Amnistía, propuesta por la bancada opositora de la actual Asamblea Nacional (AN).

Griceyd Burguera está a cargo de La Fundación “El Niño Simón” en Mérida, y es esposa del gobernador del estado, Alexis Ramírez. Cortesía de Comunicación Continua
Griceyd Burguera, esposa del gobernador del estado Mérida, se encuentra a cargo de La Fundación “El Niño Simón”. Cortesía de Comunicación Continua

La comunicadora social comenzó a trabajar en la Fundación del Niño el 8 de abril de 2016, día en el que realizó su primera pauta periodística en un acto en el que ambos, – gobernador y directora de esa institución-, entregaron treinta jubilaciones y seis pensiones a ex funcionarias de la Fundación Regional “El Niño Simón”.

Cinco días después, el miércoles 13 de abril, Minerli Rivas, gerente de recursos humanos de la fundación, notificó a la periodista que por órdenes de la directora de la institución, Griceyd de Ramírez, no le podían dar el empleo por su negativa a firmar la solicitud.

El papel que María Barrios se negó a firmar, está dirigido al presidente Nicolás Maduro y solicita “la no promulgación de la Ley de amnesia criminal y reconciliación nacional”. Entre los alegatos expuestos en el encabezado por “el pueblo revolucionario y bolivariano” para hacer tal solicitud está, entre otras cosas, que dicha ley “favorece la violación de los derechos humanos”.

Al finalizar el enunciado, se encuentra un cuadro que solicita: nombre y apellido, cédula de identidad, número de teléfono y firma.

FOTO 1 Periodista Niño Simón
A la periodista María Fernanda Barrios no le dieron el empleo por su negativa de firmar esta solicitud para no promulgar la Ley de Amnistía.

Esta acción vulnera los artículos 87, 88, 89, 90, 91 y 97 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela que establecen el derecho y el deber de toda persona a trabajar.

La Ley del Trabajo garantiza el ejercicio de este derecho en los artículos 26 “toda persona tiene el derecho al trabajo y el deber de trabajar de acuerdo a sus capacidades y aptitudes, (…)” y 30 “toda persona es libre para dedicarse al ejercicio de cualquier actividad laboral sin más limitaciones que las previstas en la Constitución y las que establezcan las leyes. Ninguna persona podrá impedirle el ejercicio del derecho al trabajo a otra (…)”.

El hecho quebranta los Derechos Humanos de María Fernanda Barrios por cuanto atenta contra la libertad de pensamiento y el derecho al trabajo, “toda persona tiene derecho al trabajo, a la libre elección de su trabajo, a condiciones equitativas y satisfactorias de trabajo y a la protección contra el desempleo”.

El despido arbitrario de María Fernanda Barrios, vinculado a razones ideológicas partidistas, refleja el uso abusivo del poder estatal, en este caso, en la gestión de la oficina de prensa de la Fundación Regional “El Niño Simón” del estado Mérida.

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