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CONATEL revisará contenido de piezas electorales que fueron censuradas

El 20 de noviembre de 2015, la Comisión Nacional de Telecomunicación (CONATEL), órgano rector de las telecomunicaciones en el país, informó que revisará el contenido de una serie de piezas audiovisuales electorales que fueron difundidas en televisoras con señal abierta, con el fin de determinar si se incurrió en delitos establecidos en la Ley de Responsabilidad Social en Radio, Televisión y Medios Electrónicos (Ley Resorte-Me). El Consejo Nacional Electoral (CNE, órgano rector de los procesos electorales en el país, ordenó el retiro de dichas piezas audiovisuales y prohibió la elaboración de pautas relacionadas con las elecciones parlamentarias del 6 de diciembre de 2015 a organizaciones políticas y ONG que no inscribieron candidatos.

CONATEL expresó su disposición de acatar el requerimiento del órgano rector de procesos electorales, acerca de la revisión de una serie de piezas audiovisuales electorales, atribuidas a la Universidad Católica Andrés Bello (UCAB) y a la Cámara Venezolana de la Industria de Alimentos (Cavidea), con el fin de determinar si el contenido de las mismas violan la Ley de Responsabilidad de Radio, Televisión y Medios Electrónicos.  El CNE también remitió el caso a la Fiscalía General de la República Bolivariana de Venezuela.

IPYS Venezuela alerta que esta decisión puede devenir en acciones legales y administrativas en contra de organizaciones políticas y no gubernamentales, así como en acciones que vulneren el derecho que tienen los ciudadanos a recibir información libre y plural durante el contexto de la campaña de las elecciones parlamentarias.

El CNE dio inicio de un procedimiento administrativo contra la UCAB y Cavidea, por presuntamente violar el artículo 72 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales, sobre la producción de contenidos propagandísticos en campaña electoral, y ordenó la suspensión de difusión de las mencionadas piezas en la programación de televisoras con señal abierta.

IPYS Venezuela calificó la decisión como una medida de censura previa que viola los principios normativos establecidos en dicha Ley, que establecen la garantía de una “comunicación e información libre, diversa, plural, veraz y oportuna” durante el contexto electoral.

CONATEL hizo un llamado para que la normativa sobre propaganda, emanada por el Poder Electoral, sea cumplida.

Esta alerta a la libertad de expresión representa un uso abusivo del poder estatal vinculado a las funciones del órgano rector de las telecomunicaciones en el país que podrían condicionar la elaboración de contenidos audiovisuales en materia electoral.

El derecho a la libertad de expresión y el derecho a la información se encuentran consagrados en los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela,  los cuales establecen que todos tienen derecho a la comunicación libre y plural sin censura.

El numeral 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida,  a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

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