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Poder Electoral prohíbe difusión de propagandas de organizaciones civiles en medios de comunicación

El 1 de abril de 2013, el Consejo Nacional Electoral (órgano del poder electoral) prohibió la difusión de avisos de organizaciones civiles e inició una investigación administrativa contra Tal Cual y 2001, diarios impresos privados, con sede en Caracas, Distrito Capital. El procedimiento se aplicó argumentando que estos periódicos infringieron la Ley Orgánica de Procesos Electorales, al publicar avisos propagandísticos con mensajes electorales, contratados por organizaciones de la sociedad civil.

Los avisos de las organizaciones se referían a declaraciones sobre la salud y el posterior fallecimiento de Hugo Chávez (quien se desempeñaba como Presidente de la República) emitidos por los dos principales candidatos de la campaña electoral para las elecciones presidenciales del 14 de abril: Nicolás Maduro, Presidente Encargado de la República, abanderado por el Partido Socialista Unido de Venezuela; y Henrique Capriles Randonski, respaldado por la Mesa de la Unidad Democrática, coalición que agrupa diversas fuerzas políticas de oposición.

Tibisay Lucena, presidenta del Consejo Nacional Electoral, afirmó que los diario 2001 y Tal Cual desacataron la decisión del ente rector orientada a prohibir los avisos pautados por Mujeres por la Libertad y Barrio Alerta, por considerar “las asociaciones civiles y las organizaciones no gubernamentales no están autorizadas para contratar” piezas de propaganda electoral en los medios de comunicación masiva, según lo dispuesto en el artículo 204, numeral 6 de la Ley Orgánica de Procesos Electorales. Esta medida fue tomada por el árbitro electoral luego que  Mujeres por la Libertad publicara avisos en los diarios privados El Nacional, Tal Cual, y 2001; y Barrio Alerta contratara espacios en los diarios oficialistas Ciudad Caracas, Diario Vea, y una cuña en Venezolana de Televisión, el canal del Estado (http://www.vtv.gob.ve/articulos/2013/04/01/lucena-pedimos-respeto-al-arbitro-a-las-normas-y-a-los-resultados-3821.html).

El 25 de marzo, el CNE ordenó retirar los anuncios contratados por la organización civil Mujeres por la Libertad, que aparecieron el 23, 24 y 25 de ese mes en los diarios privados El Nacional, Tal Cual y 2001. Asimismo, inició una averiguación administrativa contra la organización. Los anuncios de prensa contenían mensajes comparativos entre declaraciones públicas de Nicolás Maduro; y afirmaciones de Ernesto Villegas, Ministro de Comunicación e Información; así como de Jacinto Pérez Arcay, funcionario de la Fuerza Armada Nacional Bolivariana (FANB), cuerpo militar del Estado. Las publicaciones se titulaban “¿A quién le creemos?”, y sus contenidos estaban relacionados a mensajes oficiales sobre el estado de salud del Presidente Hugo Chávez, según los informes oficiales; y su posterior fallecimiento, el 5 de marzo de 2013. Estos mensajes no contenían explícitamente opiniones relacionadas a la próxima contienda electoral.

De igual manera, Lucena exhortó: “Exigimos a los medios de comunicación que ante las dudas, consulten al Consejo Nacional Electoral, porque si se desacatan estas disposiciones del Poder Electoral también serán sancionados” (http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3137).

El 31 de marzo de 2013, el CNE reiteró los llamados de atención y ordenó retirar los avisos y cuñas de organizaciones “no autorizadas” por contener mensajes que violan la normativa electoral, debido a que entre el 26 y el 30 de marzo, la Fundación Cultural 23 de Enero Simón Bolívar (Barrio Alerta) pautó avisos en los diarios oficialistas y mantuvo una cuña en Venezolana de Televisión (VTV), principal medio estatal. El aviso publicado el 27 de marzo en el diario Ciudad Caracas -contratado por la organización- fue titulado “¿Por qué miente y ofende?” y contenía frases textuales de Henrique Capriles en las que se refería al estado de salud y a la muerte de Hugo Chávez. Ante estos contenidos, el CNE acordó aplicar una medida cautelar de suspensión y la abrir una investigación administrativa contra la organización.

Según una nota de prensa del organismo, el CNE recordó sobre la medida y advirtió a los medios que cualquier nueva publicación de estas organizaciones en los medios, pasaría a ser responsabilidad de la empresa mediática que realice la difusión (http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3139).

Medida de censura

Este procedimiento no se corresponde con las disposiciones de los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela de 1999, las cuales garantizan el derecho de los ciudadanos a ejercer la libertad de expresión, y prohíben cualquier medida de censura previa. De igual manera, diversas normativas internacionales, entre ellas la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión -promovida por la Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos- establecen que la censura previa vulnera el ejercicio de esta garantía fundamental.

Estas medidas contra los diarios Tal Cual y 2001, así como contra las organizaciones Mujer por la Libertad y Barrio Alerta, resultan contrarias a los artículos 57  y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, que  garantizan la libertad de expresión y prohíben la censura. De igual manera, la decisión del poder electoral podría coartar el debate plural e independiente de ideas y pensamientos propios de una campaña electoral.

Etiqueta: uso abusivo del poder estatal, acción administrativa

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