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Tribunal niega recurso de acceso a la información

El 24 de abril de 2012, la Sala Político-Administrativo del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) declaró inadmisible la demanda que interpuso el periodista César Batiz, del diario Últimas Noticias,  contra el ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería y Presidente de la estatal Petróleos de Venezuela Sociedad Anónima (PDVSA), Rafael Ramírez, para que le fuera otorgada información sobre el proceso de adquisición de unidades eléctricas por parte la empresa petrolera, en el año 2010, para atender una crisis de suministro eléctrico que se registró en el país ese año.

Esta información había sido solicitada por el periodista a través de una carta de petición formal dirigida al Ministro que fue consignada el 31 de agosto de 2011, sin que le fuera otorgada la respuesta.

La magistrada, Trina Omaira Zurita, sentenció que el periodista anexó a su escrito copia de la solicitud de información presentada ante el Ministro, pero no acompañó en su escrito ninguna prueba que acreditara las gestiones que haya realizado ante la Administración para obtener respuesta.

Sin embargo, la demanda introducida por el periodista ante el TSJ fue entregada junto a la solicitud formal de información, consignada y recibida en el Ministerio, como lo confirman el sello húmedo y la firma de recepción en el documento.

El derecho de petición de información está garantizado en el artículo 51 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela, el cual contempla la obligación de los funcionarios de dar oportuna y adecuada respuesta. Con la decisión del TSJ, se vulnera este derecho.

El periodista  ejercerá un recurso extraordinario de revisión, en el TSJ.

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