viernes , marzo 29 2024

Gobierno nacional creó instancia de inteligencia que restringe el derecho a la información

El  26 de junio de 2014, el poder ejecutivo ordenó la creación de la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), de acuerdo al decreto 1.014, publicado en la Gaceta Oficial n° N°40.440. Las consideraciones de esta normativa afectan la libertad de información de los ciudadanos y ordena la reserva de documentación de interés público. Además, permite prácticas de inteligencia y legaliza las penalidades contra cualquier tipo de persona, hechos que vulneran las garantías de expresión e información, establecidas en la Constitución Nacional.

Este organismo dependerá del Ministerio de Relaciones de Interior, Justicia y Paz. Su función será “coordinar, analizar, evaluar, organizar, dirigir, ejecutar y recabar las informaciones y acciones provenientes de todos los Órganos de Seguridad Ciudadana e Inteligencia del Estado y otras entidades que pudieran llevarse a cabo relacionadas con las actuaciones de grupos generadores de violencia, que permitan el ejercicio de la acción penal de acuerdo a la CRBV y las Leyes respectivas”, de acuerdo al artículo 2 del decreto.

La finalidad de la Brigada será “neutralizar y controlar las actividades que pudieran llevarse a cabo relacionadas con las actuaciones de grupos generadores de violencia, que permitan el ejercicio de la acción penal de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela”, refiere el artículo 3.

Según el artículo 7, instituciones públicas y privadas estarán en la obligación de ofrecer información a la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia, referente a las “actuaciones de los grupos generadores de violencia” y cuando involucren asuntos de la seguridad de Estado, la defensa, la inteligencia, el orden interno, y relaciones exteriores”.

Esa disposición, también, establece la facultad de la directiva de esta instancia para decretar la restricción de información de interés público. “El Director General o Directora General de la Brigada Esp. contra Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia, podrá declarar el carácter reservada, clasificada o de divulgación limitada cualquier información, hecho o circunstancia, que en cumplimiento de sus funciones tenga conocimiento o sea tramitada por este órgano desconcentrado”, se lee en el artículo 8.

Inteligencia y opacidad

La Creación de la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), se enmarca en una serie de medidas que ha venido tomando el gobierno nacional, que afectan la libertad de expresión y el derecho a la información. Como precedente, por decreto presidencial se institucionalizó, el 7 de octubre de 2013, el Centro Estratégico de Seguridad y Protección de la Patria (CESPPA), (http://ipys.org.ve/alerta/venezuela-ejecutivo-constituye-mecanismos-de-restriccion-a-la-informacion-publica/).

“El CESPPA tiene entre sus objetivos la unificación de la información sobre seguridad, defensa, inteligencia, orden interno y relación exteriores y la posibilidad de calificar como reservada cualquier información. El reglamento propone la creación de un ente que tendrá como funciones la vigilancia y seguimiento de las comunicaciones que establezcan a través de internet, que podría derivar en restricciones para la libertad de expresión y el derecho a la información”, refirió un informe de IPYS Venezuela (http://ipys.org.ve/2014/02/25/reglamento-del-cesppa-contiene-disposiciones-contrarias-a-la-libertad-de-expresion/)

Otra decisión ejecutiva que afecta las libertades informativas es el Reglamento Especial de Zonas de Seguridad del Sistema y Servicio Eléctrico Nacional,  creado por el Decreto N° 277, publicado en Gaceta Oficial N° 40.220, el 2 de agosto de 2013. El artículo 32 de esta disposición establece: “Los trabajadores, trabajadoras y demás personas que intervienen en la prestación del servicio eléctrico que divulguen o suministren datos o informaciones a cualquier particular, que comprometa la seguridad del Sistema Eléctrico Nacional o de su servicio, en perjuicio de la seguridad y defensa de la Nación, serán sancionados civil y penal, y administrativamente, según sea el caso”. El objetivo de esta normativa es regular el régimen jurídico referido a las zonas de seguridad de sistema eléctrico nacional, luego que éste fuese declarado, por el Consejo de Ministros, en “Estado de  Emergencia” ante las dificultades que se han reportado.

IPYS Venezuela, reitera que las decisiones y órdenes estatales que promuevan o incentiven la censura o restrinjan las libertades informativas son contrarias a los principios fundamentales dispuestos en los artículos 51, 57, 58, 143, 337 de la Constitución Nacional.

Artículos que afectan la libertad de información

Decreto 1.014, publicado en la Gaceta Oficial n° N°40.440, que ordena la creación de la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV)

Artículo 1. Se crea la Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), con carácter de órgano descontrolado con capacidad de gestión presupuestaria, administrativa, financiera, y autonomía funcional, dependiente jerárquicamente del Ministro o Ministra del Poder Popular para las Relaciones de Interiores , Justicia y Paz.

Artículo 2. La Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), tendrá como objeto coordinar, analizar, evaluar, organizar, dirigir, ejecutar y recabar las informaciones y acciones provenientes de todos los Órganos de Seguridad Ciudadana e Inteligencia del Estado y otras entidades que pudieran llevarse a cabo relacionadas con las actuaciones de grupos generadores de violencia, que permitan el ejercicio de la acción penal de acuerdo a la CRBV y las Leyes respectivas.

Artículo 3. La Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV) tendrá por objeto “coordinar analizar, evaluar, organizar, dirigir, ejecutar y recabar las informaciones y acciones provenientes de todos los órganos de seguridad ciudadana e inteligencia del Estado y otras entidades públicas y privadas, para neutralizar y controlar las actividades que pudieran llevarse a cabo relacionadas con las actuaciones de grupos generadores de violencia, que permitan el ejercicio de la acción penal de acuerdo a la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela y las Leyes respectivas.

Artículo 4. La Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV) será la encargada de la formulación e implementación de las políticas de trabajo relativas a su objeto, cuando intervengan los órganos y entes responsables de la Seguridad de Estado, Defensa, Inteligencia y Orden Interno, Relaciones Exteriores y otros que tengan impacto en el fortalecimiento de las garantías para el efectivo goce de los derechos humanos de acuerdo a la CRVB y las leyes.

Artículo 7. Brigada Especial contra las Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia (BEGV), tendrá las siguientes atribuciones:

2.-Establecer y requerir información en materia de Seguridad de Estado, Defensa, Inteligencia, Orden Interno, Relaciones Exteriores a las instituciones públicas y privadas sobre actuaciones de los grupos generadores de violencia en cualquier aspecto de interés nacional.

3.-Dirigir la recopilación, procesamiento, integración, análisis y traslado de informaciones de especial interés relacionadas con las acciones de los grupos generadores de violencia, suministradas por los órganos y entes de Seguridad de Estado, Defensa, Inteligencia y Orden Interno, Relaciones Exteriores y otras entidades públicas y privadas.

Artículo 8. El Director General o Directora General de la Brigada Esp. contra Actuaciones de los Grupos Generadores de Violencia, podrá declarar el carácter reservada, clasificada o de divulgación limitada cualquier información, hecho o circunstancia, que en cumplimiento de sus funciones tenga conocimiento o sea tramitada por este órgano desconcrantrada.

Ver también

Reporte Anual 2023 de IPYS Venezuela “En el laberinto de la censura”

Estos son algunos de los datos que ilustran el camino lleno de limitaciones que atravesó …