Ciudadanos manifestaron un repudio al aumento de la mortalidad infantil en Venezuela

El derecho de los niños a la salud se ha visto deteriorado en Venezuela no solo por la falta de acceso a medicamentos e insumos indispensables. Los jueces actúan con poca celeridad y toman decisiones que menoscaban garantías que amparan a la población infantil. Ello ha ocurrido ante la inacción de instituciones que ignoran su obligación de salvaguardar a los pequeños y desatienden llamados de la comunidad internacional

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Eximir al Estado, condenar a los niños

Ejuez Oswaldo Tenorio no mostró asomo de duda cuando anunció la sentencia: había rechazado la petición de obligar al Ministerio de Salud a ejecutar un plan especial de suministro de medicamentos esenciales para los niños en el país. Mientras el servidor público exponía los fundamentos de la decisión, un rumor de estupor se escuchó en la sala de audiencias del Tribunal Superior Tercero de Infancia de Caracas.  Durante 15 minutos, los representantes de Cecodap, organización civil de defensa de los derechos de los niños, habían argumentado ante Tenorio la necesidad de acciones urgentes por parte del gobierno para proteger a la población infantil, la cual ha resultado especialmente afectada en un contexto en el cual 90 por ciento de los fármacos escasean, según calculan fabricantes y distribuidores. Las carencias han dejado graves secuelas en los servicios estatales de pediatría.

Las expresiones de decepción se reflejaron en los rostros de activistas de derechos humanos que habían asistido a la audiencia para apoyar la causa. “Ya se sabía que esto iba a pasar”, murmuró uno de ellos mientras daba una palmada en el hombro a Carlos Trapani, abogado de Cecodap, quien lamentaba que su propuesta para proteger la salud de la infancia hubiera sido rechazada por segunda ocasión. El juez Tenorio, en realidad, había confirmado ese 13 de abril de 2016 una sentencia que dos meses antes había adoptado su colega Iván Cedeño, titular del Tribunal Décimo Cuarto de Infancia de Caracas. Ante ese juzgado Trapani había presentado una petición de “medida preventiva anticipada”, recurso de la legislación sobre infancia que permite a los jueces ordenar acciones expeditas para resguardar los intereses superiores de los niños sin necesidad de mayores evidencias disponibles.

El abogado había consignado un escrito de 19 páginas en el cual documentó hemerográficamente los casos de 21 pequeños que resultaron gravemente afectados por la escasez de medicinas. Su alegato además se basó en el contenido del Decreto de Emergencia Económica que dictó el presidente Nicolás Maduro el 15 de enero de 2016 y que liberaba al gobierno de cualquier atadura para ejecutar medidas en favor del bienestar de la población. Cedeño y Tenorio, sin embargo, habían cuestionado la veracidad de los casos recopilados por Cecodap; se habían negado a ordenar una investigación para recabar pruebas sobre la situación; habían eximido al Estado de la responsabilidad de priorizar la atención infantil; habían puesto en los hombros de los padres la obligación última de obtener los tratamientos para sus hijos y, como colofón, habían señalado que bastaba el decreto emitido desde Miraflores para atender la coyuntura de la niñez. “Es la medida preventiva ya tomada por el Estado”, se lee en el acta en la que consta la decisión del segundo juez.

Trapani había insistido ante la instancia superior convencido de que no podrían darle otra vez la espalda, pero chocó contra un muro de contención. Eso no lo amilanó y remitió el caso al Tribunal Supremo de Justicia (TSJ): primero a la Sala de Casación Social, en la que la jueza Marjorie Calderón quedó asignada para evaluar si las sentencias anteriores violaban normas de orden público, lo cual fue descartado por la magistrada; y finalmente a la Sala Constitucional, instancia en la que recae la última palabra sobre actuaciones judiciales relacionadas con los derechos contemplados en la Carta Magna. Todavía, luego de 200 días, se espera la decisión de la magistrada Lourdes Suárez Anderson quien fue asignada al caso. En ese período la sala de la que forma parte emitió 530 dictámenes, la mayoría favorables al gobierno incluido uno que desató cuestionamientos nacionales e internacionales porque supuso la eliminación de la Asamblea Nacional controlada por la oposición, instancia que había declarado en 2016 la existencia de una emergencia humanitaria en el país la cual es negada de plano por el presidente Maduro. El miembro del equipo jurídico de Cecodap no sabe si el máximo tribunal honrará alguna vez  la palabra comprometida en informes presentados a la Organización de Naciones Unidas en 2013, según la cual desde el TSJ se instruye a los tribunales venezolanos a tomar decisiones con especial consideración de los intereses de los niños.

Mientras los jueces evaden enfrentarse al Ministerio de Salud, la mortalidad infantil repunta 11.466 bebés menores de un año murieron en 2016, 30 por ciento más que el año anterior según datos oficiales– al igual que se multiplican casos como el de Amelie, una niña de dos años de edad que padece una enfermedad sanguínea crónica que la obliga a contar con provisiones permanentes de antibióticos. Su familia reside en Valle de la Pascua, estado Guárico, pero se ve obligada a viajar a otras ciudades en busca de derivados de la penicilina, definidos como esenciales por la Organización Mundial de la Salud, OMS, pero que son escasos en Venezuela. “Me cuesta mucho conseguirlos y es preocupante porque mi hija se descompensa enormemente con cualquier infección”, afirma Francis Rojas, madre de la bebé. “Como mi pequeña, hay muchos niños en el país que viven con la hemoglobina baja por la misma enfermedad y es preocupante no poder encontrar los antibióticos”. Su caso, sin embargo, ha estado fuera del amparo de decisiones judiciales como las exigidas por Cecodap y que puedan ayudarle a sobrellevar un camino difícil.

Las negativas y dilaciones con las que ha sido abordado el recurso intentado por la organización civil no son excepcionales y de hecho representan para abogados como Trapani un ejemplo del retroceso vivido en el país con respecto a decisiones judiciales que había adoptado el Estado para proteger el derecho a la salud de los niños en las dos décadas precedentes. No es un asunto menor: la Constitución y el Pacto de Derechos Económicos y Sociales, suscrito por la República, establecen la obligación estatal de no adoptar medidas que supongan la pérdida de avances obtenidos en favor de la protección de las garantías ciudadanas. A lo anterior se le denomina “principio de progresividad” y es un criterio jurídico orientado a salvaguardar principalmente a los más débiles. “Esta actitud desfavorece la protección de los derechos humanos de los niños en el país”, afirma Marino Alvarado, miembro de la asamblea general de Provea y abogado con dos décadas de experiencia en litigios de casos relacionados con los derechos humanos.

El Instituto Prensa y Sociedad Venezuela, en alianza editorial con periodistas de El Pitazo, hizo una revisión de 46 expedientes judiciales y reportes organismos nacionales e internacionales que permitió confirmar que la justicia venezolana ha reducido su disposición para decidir con celeridad y de manera favorable los casos relacionados con los derechos colectivos de la niñez en el área de la salud y que además instituciones con competencias para la protección de la infancia no solo presentan debilidades y limitaciones sino que en ocasiones actúan en contra de normativas y garantías de la Ley Orgánica de Protección del Niño, Niña y Adolescente (Lopnna) y de la lógica de la progresividad de los derechos infantiles.

Un respaldo extraviado      
Los tribunales venezolanos apoyaron entre 1999 y 2005 al menos cuatro peticiones de recursos de amparo y acciones de protección que fueron solicitados por la sociedad civil para obligar a las autoridades de salud a garantizar la disponibilidad de tratamientos para niños internados en el Hospital José Manuel de los Ríos de Caracas, principal referencia pediátrica del país. La primera de ellas fue impulsada por la asociación civil Acción Ciudadana Contra el Sida (Accsi) en coordinación con Cecodap. Se trató de un recurso de amparo para garantizar el tratamiento de 16 pacientes con virus de inmunodeficiencia humana. La demanda apuntó contra el Gobierno del Distrito Federal, entonces responsable del funcionamiento de los centros de salud de la capital venezolana. El recurso fue aprobado no sólo para el suministro de medicamentos y realización de exámenes de ese grupo de niños sino para todos aquellos con la enfermedad asistidos en el hospital, según informes de las dos organizaciones.

La autoridad capitalina recibió dos años después una nueva orden para garantizar la atención de calidad en ese mismo hospital cuando la Sala Cuarta del Tribunal del Niño, Niña y Adolescente de Caracas aprobó la acción de protección solicitada por Cecodap, Accsi y el Programa Venezolano de Educación-Acción en Derechos Humanos (Provea) a favor de los niños con cardiopatías congénitas que carecían de tratamiento terapéutico y quirúrgico y engrosaban largas listas de espera para ser intervenidos en la institución. Durante el proceso, el responsable estatal cambió: la Gobernación del Distrito Federal fue sustituida por la Alcaldía Mayor de Caracas, que se convirtió entonces en el nuevo ente público del centro de salud.

Transcurrieron 10 días después de la decisión del juez cuando se instaló una mesa de diálogo con la participación de la Secretaría de Salud de la alcaldía, la Comisión de Salud del Cabildo Metropolitano de Caracas, Cecodap, Provea, Acción Solidaria, el Ministerio de Salud y Desarrollo Social, la Dirección del J. M. de Los Ríos, la Sociedad Médica del hospital, el Comité de Familiares de Niños con Cardiopatías Congénitas, el Consejo Nacional de Derechos del Niño y del  Adolescente, el Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. “Creo que es importante que la sociedad civil esté vigilante para que no permita que las cosas sucedan como ocurrieron en este caso”, celebró entonces Baldomero Vásquez, secretario de Salud de la alcaldía, quien debió firmar un acta que comprometió a su despacho, entre otros puntos, a aumentar los turnos de las operaciones y a acondicionar y remodelar el Servicio de Cardiología. Durante nueve meses, gracias a los cambios que precipitó el recurso judicial, se realizaron 154 cirugías, lo que superó el promedio de 70 intervenciones de los años anteriores. “Sin lugar a dudas, la ejecución de este proceso ha sentado un importante precedente del uso del derecho para acceder a los órganos de administración de justicia con el objeto de hacer valer los intereses colectivos y difusos de los niños y niñas”, asienta un reporte de Provea. Informes del Fondo de las Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) también destacaron la experiencia como un hecho histórico importante.

El 27 de abril de 2004 la Corte Superior del Tribunal de Protección del Niño y del Adolescente de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas también sentenció a favor de una acción de protección para los niños con leucemia y otras enfermedades hematológicas en el hospital. El 8 de julio de ese mismo año, la Sala Segunda del Tribunal de Protección hizo lo mismo para favorecer a niños enfermos con fibrosis quística. “En esas oportunidades se ordenó la aprobación de recursos extraordinarios para atender los problemas de infraestructura, medicamentos y personal. Hoy en las mesas de diálogo que tratan los problemas del J.M. de los Ríos insisten en que las dificultades que vive la institución deben ser resueltas con el presupuesto del centro de salud, a pesar de que la asignación es deficitaria”, dice Trapani.

Luego de esa cadena de experiencias exitosas, Cecodap comenzó a experimentar el silencio y las negativas de los jueces. La organización, junto con la Fundación Luz y Vida, solicitó en mayo de 2014 una nueva acción de protección para el hospital J.M. de los Ríos. La petición acumula más de tres años sin respuesta, entre incumplimientos de los lapsos procesales por parte de los jueces y los interminables traspasos del expediente de un tribunal a otro. En ese período de tres años no hubo instituciones públicas que secundaran la solicitud como tampoco ocurrió con la de 2016. Ese año el equipo jurídico de la organización optó por invocar un recurso para buscar una respuesta más rápida y que permitiera a los jueces ordenar medidas urgentes al Estado durante el juicio y no al finalizar el mismo. “En Venezuela uno sabe cuándo empieza un juicio pero no cuándo termina, porque hay una práctica sistemática de retrasar los procesos que son críticos a la gestión pública”, asegura Trapani, quien todavía está convencido de que las medidas requeridas por la niñez son inaplazables y que su retardo está generando efectos que serán difíciles de revertir.

El recurso de la medida preventiva anticipada ya había sido utilizado en 2014 con éxito por el Ministerio Público en un caso con trasfondo político. Los fiscales de la institución invocaron la figura legal de la Lopnna para pedirle al Tribunal Décimo Tercero de Primera Instancia de Infancia de Miranda actuar contra la Alcaldía de Baruta en razón de los bloqueos callejeros realizados por manifestantes opuestos a Maduro. Según el razonamiento del Ministerio Público, las protestas  amenazaban, entre otros,  el derecho a la salud de los niños de ese municipio de Miranda y la autoridad municipal debía remover los obstáculos colocados en las vías públicas de la jurisdicción. El juzgado no dudó en aceptar la petición y alegó que le resultaba “impertinente realizar una inspección” para constatar la veracidad de los argumentos fiscales porque los funcionarios se referían a un hecho “público y notorio»  ventilado a través de la “radio, prensa, televisión y redes sociales”, según señaló la sentencia.

Trapani pensó que sería buena idea probar la institucionalidad encargada de proteger la infancia al someter a su consideración un caso documentado igualmente con hechos públicamente conocidos. El rechazo que ha tenido en tres oportunidades le ha dejado un mal sabor: “Las sentencias no han interpretado el dolor y el sufrimiento de un niño frente a la ausencia de un analgésico. Y no hay dolientes desde el Estado. ¿Cuál es el ente público que da la cara por los niños? No tenemos ninguno”.

Omisiones como norma  
La pregunta que formula en voz alta el abogado de Cecodap tiene, según la legislación venezolana, una respuesta: Instituto Autónomo Consejo Nacional de Derechos de Niños, Niñas y Adolescentes (Idenna). El organismo está adscrito al Viceministerio de la Suprema Felicidad Social del Pueblo que depende a su vez del Ministerio del Despacho de la Presidencia, el cual funciona en el Palacio de Miraflores. Respectivamente están bajo la tutela de dos de los colaboradores de la mayor confianza de Maduro: la ex diputada Gladys Requena y el general del Ejército, Carlos Osorio. El presidente de la República no bien llegado al poder en 2013 emitió las decisiones que pusieron bajo su ala al organismo gubernamental que tiene la obligación de diseñar y ejecutar las políticas oficiales para los niños, así como también la de atender y denunciar cualquier amenaza y violación de cualquiera de sus derechos.

El Idenna fue creado en 2007 cuando se modificó la Lopnna, ley sobre temas de infancia y adolescencia. El difunto presidente Hugo Chávez hizo directamente la reforma a través de una habilitación especial que le concedió la Asamblea Nacional, controlada por sus partidarios, para legislar. El gobernante se cuidó de no entregar al instituto la rectoría del sistema nacional de protección de niños y adolescentes sino a un ministerio con competencia específica en el área. El liderazgo de la estructura, en la práctica, ha recaído en  los despachos del gabinete ejecutivo a los que ha estado adscrito el Idenna. Primero fue el de Salud, luego el de Participación y Desarrollo Social, más tarde el de Protección Social y Comunas y, desde hace cuatro años, el del Despacho de la Presidencia.

Protesta por los derechos de los niños evidencian debilidades en el sistema estatal de protección de la infancia

Organizaciones y activistas que trabajan por los derechos de la infancia coinciden en que las reformas legales de hace una década y los continuos cambios del organigrama del gabinete ejecutivo solo sirvieron para diluir en la práctica la visibilidad e importancia de los asuntos de la niñez en la gestión pública a pesar de que el sistema de protección está basado en un entramado de instancias que incluye al Idenna, los consejos municipales de protección, las defensorías del niño, los tribunales además del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo. Así, por ejemplo, lo señaló la Red por los Derechos Humanos de las Niñas, Niños y Adolescentes (Redhnna) en un informe que presentó en 2013 ante la ONU. Un criterio semejante expresa Lily Torres, presidenta de la Asociación Nacional de Consejeras y Consejeros de Protección de Venezuela: “La respuesta del Idenna y de los organismos competentes frente a la gravedad de la coyuntura en salud y en otros temas de infancia ha sido muy lenta”.

Una prueba de la funcionalidad del sistema fue realizada por Ipys Venezuela en Barquisimeto entre el 19 de junio y el 11 de julio pasado. Fueron recorridas en esas fechas cinco instancias locales de protección de la niñez y se constató que ninguna se encargaba de realizar documentación a efectos de denuncia pública de la violación a los derechos de los niños que pasan por los hospitales o carecen de algún tratamiento médico, según las consultas realizadas a funcionarios de los dos consejos que dependen de la alcaldía de Iribarren, la defensoría de infancia del Programa de Atención a Niños, Niñas y Adolescentes en Circunstancias Especialmente Difíciles, Panaced, a los los directivos del Hospital Pediátrico Agustín Zubillaga y del Idenna, cuyas oficinas en la ciudad son compartidas con las del gubernamental Partido Socialista Unido de Venezuela y el colectivo Tupamaro. El perfil político no se disimula: entre mayo y junio, el Idenna realizó encuentros en Yaracuy, Bolívar, Cojedes, Portuguesa, Apure y Táchira para promover la Asamblea Nacional Constituyente que fue convocada por Maduro sin previa consulta al electorado. Gladys Requena, viceministra para la Suprema Felicidad, en una entrevista concedida en Venezolana de Televisión el 16 de mayo justificó la naturalidad el hecho: “La Constituyente es una oportunidad para la protección de niños, niñas y adolescentes”.

A Amalia Sáez, presidenta del Idenna y ex alcaldesa de Barquisimeto, se le envió el pasado 30 de junio una comunicación escrita en la cual se le pidió una entrevista para consultarle sobre las acciones que había adoptado la institución para el resguardo de la infancia dada la crisis de salud. La comunicación no fue respondida por la funcionaria a pesar de que el Idenna en informes oficiales -uno de ellos enviado a Mercosur en junio de 2015- reconoce que velar por la debida asistencia sanitaria a los niños se encuentra entre sus principales objetivos.

Sáez en abril pasado lideró una cumbre para impulsar rectificaciones en la estructura nacional del Idenna, que cuenta con 24 oficinas regionales que reemplazaron a los Consejos Estadales, que dependían de las gobernaciones, después de la reforma de 2007. La página web del organismo, sin embargo, solo difunde en la actualidad datos sobre jornadas de adopción, talleres sobre salud sexual y reproductiva y planes vacacionales comunitarios, avisos sobre la Constituyente y nada sobre las denuncias relacionadas, por ejemplo, con limitaciones en la atención de neonatos, baja cobertura de vacunación, crisis de centros de recuperación nutricional, escasez de antibióticos o colapsos de las emergencias pediátricas, todos temas documentados en la serie Huérfanos de la Salud de la que forma parte el presente trabajo. En las oficinas del Idenna en Táchira dijeron que no tienen conocimiento de denuncias de esa naturaleza y una respuesta semejante dieron los representantes del instituto de la niñez en Anzoátegui y Trujillo. De hecho, la salud infantil no ha sido una prioridad específica del organismo si se consideran las Memorias y Cuentas de la institución entre 2010 y 2015 y las cuales son las únicas disponibles para la consulta pública. En la más reciente, el Idenna reportó proyectos para la “protección integral de Niños, Niñas y Adolescentes en situación de vulnerabilidad y riesgo social” cumplidos en 113 por ciento, lo que rebasó el 1 por ciento del año anterior. En 2015 también se dedicó al “diseño, promoción y ejecución del Plan Nacional para la Protección Integral de Niños, Niñas y Adolescentes 2015-2019”, que además aparece en sus compromisos en materia de niños frente a la ONU y cuya falta de ejecución ha sido denunciada por Redhnna en oportunidades previas. El Idenna manejó entre 2013 y 2017 un aproximado de 9,6 millones de bolívares.

Un entramado con debilidades

Los consejos municipales de derechos y de protección, que  son las instancias más próximas a las comunidades para procurar la salvaguarda de los niños, tienen en muchos casos enfoques contradictorios con respecto al abordaje de la crisis de salud infantil. En algunos ocasiones el espíritu de las actuaciones va en contravía de los contenidos de la Lopnna y en ningún caso se pudo confirmar que los consejeros hayan intentado actuaciones judiciales como la de Cecodap, para exigir garantías estatales a favor de los pequeños, a pesar que que la legislación no se los impide.

En el municipio Libertador de Caracas funciona uno de los consejos de protección más importantes del país, porque bajo su jurisdicción están concentrados la mayor parte de los servicios públicos de salud que pueden atender a infantes. Una carta para solicitar una entrevista con un vocero fue presentada el 31 de mayo en la sede de la instancia en Caracas, pero no fue atendida. A una de las consejeras se le pidió orientación directa sobre cómo usar los servicios del organismo para proteger el derecho a la salud de los niños en un contexto como el venezolano. Las respuestas tuvieron un patrón: responsabilizar a los padres de insistir en todas las instancias y soslayar la posibilidad de entablar acciones para exigir respuestas al Estado. “No tenemos injerencia en temas de medicamentos porque el Estado no le está vulnerando los derechos. Las medicinas deben buscarlas los padres. Sí se consiguen, pero hay que perseverar, preguntar en varias partes. Querer es poder”.

Un punto central ha surgido con los casos de desnutrición grave que se han multiplicado en el país, como lo han acreditado la Sociedad Venezolana de Puericultura y Pediatría y organizaciones como Cáritas. Consejeros han actuado para remitir a sus hijos a albergues públicos, pero no siempre para exigir planes especiales al Estado para mejorar la atención en servicios estatales carentes de insumos apropiados para lograr restituir el derecho a la alimentación en los hogares golpeados por el hambre. La separación de las familias es catalogada por Torres, quien es consejera en el municipio Iribarren del estado Lara, como un retroceso contra  la filosofía de protección integral establecida en la legislación vigente: “El Estado debe ofrecer políticas generales para la asistencia de los hogares. Esto que nos vemos obligados a hacer ahora es una involución”. La asociación trabaja en un plan conjunto con el Fondo de Naciones Unidas para la Infancia (Unicef) sobre un proyecto de capacitación y práctica de nuevas modalidades de abordaje para atender estas situaciones, según explica Torres.

Consejeros que se han atrevido a cuestionar servicios estatales han estado expuestos.  Un caso ocurrió con Angie Ruiz, presidenta del Consejo Municipal de Derechos de los Niños, Niñas y Adolescentes del municipio Atures, en Puerto Ayacucho, Amazonas. Ella denunció las deficiencias en en la emergencia pediátrica y en la Unidad de Cuidados Intensivos del Hospital José Gregorio Hernández, donde principalmente atienden a niños de comunidades indígenas. En dos inspecciones había determinado que existía escasez de medicamentos y nebulizadores. Luego de la publicación del informe con los señalamientos, le prohibieron la entrada al centro de salud, según afirma. Contreras además relató que a la oficina estadal del Idenna le pareció inadecuada la denuncia que presentó el consejo de protección, porque estaba fuera de sus competencias, aun cuando la ley le da atribuciones a las instancias locales para denunciar irregularidades en la atención pública.

Otros funcionarios como Contreras han asumido las tareas de supervisar los servicios públicos, aunque sus actuaciones no rindieran frutos inmediatos como se espera cuando están en juego los intereses de los niños ni se tradujeran a la larga en acciones judiciales. Solo fue a comienzos de este año, por ejemplo, cuando fue reparada parte de la dotación de equipos de la Unidad de Cuidados Intensivos Neonatales del Hospital Central de San Cristóbal y de cuyos desperfectos había dejado constancia el Consejo Municipal de Protección de la capital del Táchira el 12 de febrero de 2016. La instancia remitió las denuncias junto con la Sociedad de Médicos del centro de salud al Ministerio Público, pero no se tuvo noticias posteriores de alguna investigación o acción urgente al respecto. Los equipos, de origen argentino, se habían dañado por el retraso del Ministerio de Salud en firmar una contratación para su mantenimiento. Por esa razón los aparatos se dañaron también en otros hospitales de Venezuela mientras los índices de muertes de neonatos se elevaban entre máquinas con desperfectos, falta de insumos y déficit de médicos especialistas.

En otras municipalidades el rango de reacciones de los consejeros puede ir de un extremo a otro. En Maturín, por ejemplo, los funcionarios afirmaron que no tenían registro formal alguno sobre carencias de salud pública que afectaran a la población infantil. En el municipio Sucre, Caracas, el consejero Nelson Villasmil, en cambio, respondió sin dejar lugar a dudas: “Todo lo que amenace o vulnere el derecho a la salud de los niños está bajo nuestra competencia. Lo dice la ley”. La posibilidad de rápidas resoluciones a los casos, según su experiencia, choca contra las limitaciones de los hospitales y con la desarticulación con programas sociales manejados por el gobierno. La situación hace que solo la perseverancia y fortuna de los padres que insisten en la búsqueda de ayuda ante entes públicos y privados ofrezca eventuales resultados, pese a que la Constitución y la Lopnna establecen garantías de acceso universal y gratuito a la salud para los niños.

Una defensa limitada
La actuación del Ministerio Público y la Defensoría del Pueblo con relación a la crisis de salud que afecta a la niñez también ha sido criticada por activistas. La primera institución finalmente decidió hace apenas tres días pedir medida de protección a raíz de las muertes de Samuel Becerra, Raziel Díaz, Daniel Laya y Dilfred Jiménez, niños que fueron dializados en la unidad de nefrología del Hospital J.M de los Ríos, que estaba contaminada por bacterias, según denunciaron las madres. Los parientes de las víctimas, junto con Prepara Familia y Cecodap, presentaron sus reclamos ante la Fiscalía General de la República y la Comisión Interamericana de Derechos Humanos. El hecho de que el Ministerio Público actuara fue una sorpresa: en su página web no hay noticias, al menos en los últimos tres años, sobre el intento de acciones semejantes con respecto al centro de salud del cual han surgido en los últimos dos años decenas de denuncias por muy graves afectaciones a los niños por falta de medicinas, insumos, equipos y hasta alimentación. Las medidas de protección en la que fiscales habían tomado la iniciativa estaban relacionados con casos políticos como el de las protestas opositoras de 2014.

El intento de la Fiscalía de esta semana coincidió con el reciente enfrentamiento de Luisa Ortega Díaz, fiscal general, con el gobierno de Maduro y el TSJ por la ruptura del hilo constitucional en el país. Un dato no queda al margen de los observadores: la magistrada ponente del antejuicio de mérito que se inició contra la titular del Ministerio Público es Marjorie Calderón, quien ya había decidido desde la Sala de Casación Social negar la medida a favor del acceso a medicamentos que había solicitado Cecodap.

Así como el Ministerio Público ha sido criticado por esperar hasta última hora para presentar una medida de protección para los infantes del J.M de los Ríos, del mismo modo la Defensoría del Pueblo ha recibido cuestionamientos por su estrategia de mantener mesas de diálogo que no siempre han dado rápidos resultados. El 10 de junio de 2015 Cecodap entregó una carta al despacho del defensor Tarek William Saab con quejas al respecto: “En distintos medios de comunicación social se ha informado la plena operatividad del Hospital J.M. de los Ríos, sin embargo, a partir del acompañamiento a madres y familias podemos afirmar que persisten los problemas relacionados con insumos, infraestructura, recursos humanos, hospitalización, quirófanos, estudios e imágenes especializadas, entre otros”. La comunicación además informaba a la Defensoría sobre los retardos procesales en torno a la acción de protección solicitada. La organización decidió entonces retirarse de las mesas cuyos frutos calificaron como insuficientes.

Los encuentros se desarrollaron tras los reportes publicados por la Contraloría de la República sobre déficit de recursos humanos y materiales en la mayoría de los servicios del centro de salud, deterioro en la infraestructura y más de cuatro mil niños en lista de espera para ser operados. El informe de gestión de ese año de la Defensoría apuntó la remodelación de siete servicios -Terapia Intensiva Pediátrica, Hematología, Endocrinología, Radioterapia, Medicina Física, Farmacia y Cirugía Plástica- entre los logros de su intervención en el hospital. Al siguiente año, sin embargo, la Sociedad de Médicos del J. M. de los Ríos emitió un nuevo informe sobre fallas en los servicios y ofrecieron una rueda de prensa con la presencia de Earle Siso, director de Salud del Distrito Capital, quien se comprometió a dar soluciones a los problemas del centro pediátrico.

Meses más tarde, la situación no mejoró: repuntaron las denuncias sobre interrupciones en la dotación de alimentos que motivaron una inspección del defensor del Pueblo y el director regional de Salud, quienes reconocieron que el hospital funcionaba a 40 por ciento de su capacidad y la inoperatividad de áreas de atención claves, cuya reparación había sido acordada en las reuniones previas. “El abordaje que se ha realizado hasta la fecha es aislado y dentro de las rutinas de los organismos responsables del funcionamiento del centro de salud”, rezaba la carta de Cecodap, en la que nuevamente exhortó a la ejecución de planes extraordinarios como los que se lograron y salvaron vidas en el pasado. ¿Podrán los niños ser curados de la enfermedad de la injusticia?

Comentarios:

  1. Excelente y muy completo documento q desvela la cruda realidad de indefensión de los niños, niñas y adolescentes en los hospitales. Hasta cuando el Estado venezolano seguirá violando sus DDHH? Gracias por este y los otros documentos.

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