viernes , abril 19 2024

Detuvieron a ciudadano por expresarse en Facebook

  • Un ciudadano Técnico radiólogo fue detenido y presentado en tribunales luego de la publicación de contenidos en Facebook que presuntamente incitaban a crímenes de odio 
  • Delcy Rodríguez, presidenta de la ANC ha declarado que las empresas proveedoras de servicios de redes sociales serán las “responsables” en casos de mensajes con incitación al odio
  • Sistema Nacional de Contrataciones oficializa restricción de información en la consulta de los registros en su página Web
Usuario de Facebook detenido de manera arbitraria el viernes 1 de septiembre en San Felipe

Manuel Felipe Castro, técnico radiólogo de 28 años fue detenido de manera arbitraria el viernes 1 de septiembre en San Felipe, Yaracuy, presuntamente por mensajes publicados en su cuenta de la red social Facebook, donde expresaba su opinión en contra del gobierno y se quejaba por las deficiencias en la atención de salud pública en la entidad. La información fue dada a conocer por Joanly Paiva, corresponsal de El Pitazo en el estado.

Familiares del detenido contaron a Paiva que en días recientes había escrito:

“Vendo droga: perico y cannabis, pero regular porque es lo que sembré”, “Me declaro antigobierno”, y “Asquerosa e improvisada Unidad de Emergencia del Hospital de San Felipe”.

El último mensaje respondería, según la versión de familiares, a una denuncia realizada luego de la muerte de su madre, quien había estado recluida en el área de emergencia del Hospital Central de San Felipe, donde por falta de insumos y al ser desconectada de un respirador artificial, habría fallecido recientemente.

La detención arbitraria llevada a cabo por funcionarios adscritos a la Dirección de Inteligencia Preventiva (DIEP) de la policìa regional, se habría producido en el Hospital Central de San Felipe, lugar de trabajo de Castro, a la salida de una reunión con las autoridades del centro asistencial y Corposalud donde le habían exigido la renuncia a su cargo.

Se conoció que las autoridades policiales alegaron que el arresto fue realizado en atención a los mensajes que hacían referencia a la venta de estupefacientes. Sin embargo, familiares alegan que el motivo real estaría relacionado con los señalamientos a las condiciones de precariedad en que se encuentra el principal hospital de la entidad.

La audiencia de presentación pautada para el día sábado 2 de septiembre, se difirió en dos oportunidades. De manera extraoficial se pudo conocer que el día 5 de septiembre de 2017 habría sido efectuada la audiencia y se le habría solicitado un fiador.

Castro sería el primer caso registrado de detención y procesamiento por mensajes de “incitación al odio” en el país, luego de los anuncios realizados desde la ANC sobre la discusión de la Ley contra el odio.

Delcy Rodríguez, presidenta de la  Asamblea Nacional Constituyente (ANC) había insistido el 4 de septiembre de 2017, durante su participación en un foro, que desde el organismo que preside no cesarán hasta lograr la implementación de la Ley Contra los Delitos de Odio, Intolerancia y Violencia que  que amenaza con aplicar una serie de regulaciones a los portales web y al uso de las redes sociales en todo el territorio nacional.

“Vamos a regular los mensajes de violencia en los medios de comunicación y en las empresas que los promueven (…) Las empresas serán responsables de la difusión de mensajes de esta naturaleza”, ha asegurado la máxima autoridad de la ANC.

Rodríguez ha acusado a la  oposición venezolana de “propagar el odio” en el país a través del uso de las redes sociales, y señalado que la principal necesidad del instrumento jurídico reside en acabar con este fenómeno: “Tenemos que con esta ley (…) podamos sanar las heridas de la violencia producto de la intolerancia”

El citado Proyecto de Ley que se encuentra en fase de discusión quebranta los principios de libertad de expresión, neutralidad de la información y acceso a la red.

En Declaración conjunta sobre libertad de expresión e Internet, el Relator Especial de las Naciones Unidas (ONU) ha abogado por el principio de neutralidad de la red según el cual: “El tratamiento de los datos y el tráfico de Internet no debe ser objeto de ningún tipo de discriminación en función de factores como dispositivos, contenido, autor, origen y/o destino del material, servicio o aplicación”

El Estado Venezolano debe garantizar la libertad de acceso y elección de los usuarios de la red  al enviar, recibir, buscar y ofrecer cualquier tipo de contenidos en la web. También, debe velar porque los ciudadanos puedan navegar sin ningún tipo de condicionamiento o restricción por medio de bloqueo, filtración o interferencia.

Restricciones a los registros públicos

El Sistema Nacional de Contrataciones (SNC) informó a través de un comunicado en su portal web que debido a trabajos realizados de manera conjunta con el Ministerio Público y organismos de seguridad del Estado han modificado la información pública que puede consultarse en el portal web.

Argumentando denuncias recibidas de los contratistas por la utilización de información de la web como insumo para actividades del crimen organizado, como extorsión y secuestro, restringieron la información pública mostrada de las contratistas del Estado referentes al nombre de la empresa inscrita; registro de información Fiscal (RIF); estatus de la empresa; y naturaleza de las actividades.

Captura de la información mostrada actualmente en el SNC al realizar búsqueda por RIF

 

Captura de la información mostrada actualmente en el SNC al realizar bùsqueda avanzada

Con esta decisión no se podrá tener acceder a información pública relacionada con los datos de los directivos y accionistas de las empresas. Según el comunicado, las empresas estatales continuarán con acceso electrónico a datos detallados de las empresas.

La comunicación establece que cualquier ciudadano que desee realizar alguna consulta al Sistema Nacional de Contratistas deberá efectuar una solicitud cumpliendo con lo estipulado en La Ley de Contrataciones Públicas.

Los obstáculos para acceder a información de interés colectivo se consideran una limitación al acceso a la información pública. Este derecho está consagrado en el artículo 28 de la Carta Magna nacional. Cualquier limitación de esta naturaleza son contrarias a las disposiciones del artículo 57 de la Constitución de la República de Venezuela, que establece: “Se prohíbe la censura a los funcionarios públicos o funcionarias públicas para dar cuenta de los asuntos bajo sus responsabilidades”.

Ver también

La exposición World Press Photo 2023 llegó a Caracas

Hasta el 31 de marzo, el Instituto Prensa y Sociedad de Venezuela (IPYS Venezuela), con …