Traslados para prisiones lejanas: una condena para las parejas de los detenidos
Aunque no hayan cometido ningún delito, las parejas, madres, hermanas o familiares cercanos de los detenidos, padecen una suerte de condena tácita cuando los privados de libertad son trasladados a centros de reclusión alejados de su lugar de origen.
Marieva Fermín – 18/11/24
De Barinas al estado Bolívar hay una distancia de 775 kilómetros que si se recorren en autobús, porque es el medio de transporte más económico, se traducen en un poco más de 20 horas de camino y un costo de 150 dólares con pasaje de ida y vuelta. Ese es el recorrido que Margarita Álvarez ha hecho, al menos cuatro veces en los dos últimos años, desde que su esposo fue trasladado de improviso y de manera inconsulta, de los calabozos del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (Cicpc) de Barinas, hasta el Centro Penitenciario de la Región Oriental «El Dorado» (Casa Amarilla), en el estado Bolívar.
Margarita ha viajado al menos cuatro veces para El Dorado a ver a su esposo quien tiene diversas patologías y requieren de su atención médica inmediata. Foto: Marieva Fermín
Raúl, que así se llama, es periodista y fotógrafo. El 23 de octubre del 2019 fue detenido y acusado de presuntos actos lascivos contra su hija. En el 2022 le dictaron sentencia máxima de 30 años con el Internado Judicial Barinas (Injuba) como su centro de reclusión. Ni Margarita ni Raúl saben por qué, pero una vez que salió la sentencia, en lugar de llevarlo para el Injuba, lo montaron en un autobús que lo llevó hasta El Dorado; de eso hace dos años, el mismo tiempo que tiene la anulación de su sentencia por falta de pruebas condenatorias.
Desde la detención de Raúl, hace cinco años, la vida de Margarita, quien también es reportera gráfica, cambió por completo. Su casa, poco a poco, va quedando vacía por las cosas que ha tenido que vender para cubrir el pago de abogados, sus traslados a la preisión, la manutención de su esposo y su propio sustento.
Cada viaje que hace para El Dorado, donde puede quedarse hasta 15 días, según el dinero que logre reunir, le cuesta alrededor de 500 dólares. “Llevo comida para él y sus compañeros de celda; pago cinco dólares por cada noche en un hotel con un ventilador; le llevo sus medicinas y hasta compartimos con sus custodios”, dice Margarita y recuerda que Raúl era el sostén de su hogar.
Reunir el dinero para el viaje implica hacer comida para la venta, acudir a sus amigos más cercanos para que colaboren con ella y vender cualquier cosa que pueda para recaudar la cifra estimada. Tanto ella como la familia de su esposo son personas de escasos recursos económicos. Desde que Raúl está en El Dorado, solo ella ha podido ir a visitarlo. Para el 2 de agosto está previsto iniciar un nuevo juicio, afirma Margarita. “Dios quiera y no falle la telemática para que se pueda hacer, aunque lo ideal es que lo devuelvan a su tribunal de origen para acabar con esta pesadilla. Es como si yo también estuviera presa”, comenta.
Omite detalles de cómo es el trato para entrar a verlo a ese centro de detención, pero cita que lo peor es la revisión física que le hacen para poder ingresar.
UVL. Monitoreo
Familias de los detenidos en los Centros de Detención Preventiva:
Víctimas por parentesco
“…Unos de los elementos más importantes que destacó en el análisis de las entrevistas es que, contrario a lo que generalmente se piensa, la mayoría de las personas detenidas trabajaban (65.38%) y ayudaban al mantenimiento del grupo familiar; otros estudiaban (7.69%). Es decir, el 73.07% eran personas trabajadoras, estudiosas y aportaban al grupo familiar en la sobrevivencia cotidiana”. Página 25
De Barinas Guárico
Sofía, nombre cambiado a petición de la entrevistada, tiene 60 años. Es la madre de un joven de 32 años, padre de dos niñas, a quien acusan de homicidio, junto a otros tres compañeros, cuando realizaban un operativo como funcionarios del Cicpc.
Sofía padece de artrosis y eso la obliga a movilizarse con un bastón. Su hijo era quien cubría los gastos de la casa y de ella. Foto: Marieva Fermín
Los primeros dos años de su prisión los pasó en las celdas del Cicpc, pero una vez dictada su sentencia por 21 años en el Injuba como su sitio de reclusión, lo bajaron del autobús y lo cambiaron para la unidad que iba para para la Penitenciaría General de Venezuela “26 de Julio”, ubicada en San Juan de Los Morros, estado Guárico.
Entre Barinas y Guárico hay 440 kilómetros que Sofía o la esposa del exfuncionario, recorren cada dos meses. “No podemos ir todos los meses porque también hay que mantener las casas y cubrir los gastos de las niñas y lo que le paga en la cárcel para tener cubiertas sus necesidades más básicas de comida o aseo personal”, explica.
“Es un abuso y una violación de los Derechos Humanos de él y los nuestros, porque si el tribunal de origen es de aquí, en la sentencia se ordena una boleta de encarcelamiento para el Internado Judicial de Barinas (Injuba), no encontramos motivo o razón para que lo trasladaran”, dice.
En su casa, en una urbanización popular de Barinas, elabora tortas, empanadas, pasteles, dulces, vende lo que puede para su sustento y colaborar con la alimentación de sus dos nietas de 12 y 9 años. “Ellas vivían conmigo y mi nuera, pero tuvieron que mudarse para aliviar las cargas en la alimentación. Mi hijo era el sostén de la familia”, refiere Sofía.
Sofía se dispone a retirar una bolsa de comida que otorga el Gobierno nacional a través de la figura del “Club de los Abuelos”. Foto Marieva Fermín.
Los pasajes para ir a ver a su hijo rondan los 50 dólares, sin contar la comida, medicinas, artículos de aseo personal y cualquier otra cosa que lleven. Un mes ella y el otro mes su esposa. Calcula que le pueden enviar hasta 300 dólares al mes “porque ahí todo se paga”.
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Familias de los detenidos en los Centros de Detención Preventiva:
Víctimas por parentesco
“Unos de los elementos más importantes que destacó en el análisis de las entrevistas es que, contrario a lo que generalmente se piensa, la mayoría de las personas detenidas trabajaban (65.38%) y ayudaban al mantenimiento del grupo familiar; otros estudiaban (7.69%). Es decir, el 73.07% eran personas trabajadoras, estudiosas y aportaban al grupo familiar en la sobrevivencia cotidiana”.
El 14 de julio de 2023 le dictaron sentencia a su hijo, y el 7 de agosto fue trasladado para Guárico sin ninguna explicación, “aunque el comisario del Cicpc me dijo que él iba a cumplir condena en el Injuba, pero de un momento a otro y sorprendida, vi cuando lo bajaron del autobús que lo iba a trasladar para el Injuba y lo llevaron para San Juan de Los Morros”, recuerda.
Sofía padece de artrosis, camina apoyada en un bastón y eso le dificulta su movilidad para viajar con más frecuencia a ver a su hijo. Ella pide que le concedan el traslado, como medida de acercamiento familiar, para su tribunal de origen “porque como sus familiares más cercanos, sentimos que también estamos condenados por la justicia venezolana”, sostiene.
Visión psicológica
Natalia Gómez es psicóloga de profesión. Refiere que el traslado de un privado de libertad a un sitio diferente a su lugar de origen, es como una prolongación del castigo para sus familiares, especialmente las esposas, madres o hermanas. “Las exponen a situaciones de peligro como transportar drogas”, ejemplifica.
De esa situación destaca lo difícil que es entrar a los centros de reclusión por las revisiones a las que las someten. Identifica entre las mujeres que ha tratado sobre el tema, la vulnerabilidad de estar desnuda frente a funcionarios para la revisión, el estrés constante de acompañar a una persona en situación de privación de libertad y también la cantidad de factores de riesgo a las que se exponen por el contacto con los mismos donde, a veces, las parejas recluidas son sus agresores.
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Familias de los detenidos en los Centros de Detención Preventiva:
Víctimas por parentesco
No son sólo los guardias lo que agreden; en estas profesiones las mujeres guardias, pueden ser tanto o más agresivas o violentas que los mismos hombres. Esta es una manera de figurar en el grupo profesional, ganarse un respeto entre ellos. Una entrevistada simplemente señaló que, una de las cosas que la hace sentir humillada en el CDP donde está su familiar, es la requisa cada vez que va a visitar a su familiar. Definitivamente la requisa y la manera como son tratadas durante ella, afecta profundamente a las mujeres. Los hombres no lo resaltaron. Las requisas dentro de los CDP, son la principal fuente de temor por la vida de su familiar detenido, porque pueden tornarse muy violentas de parte de los detenidos y de los policías o guardias nacionales.
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Cifras inmanejables
Una abogada penal, quien pidió omitir su identidad, afirma que los traslados se hacen a conveniencia del Ministerio de Servicios Penitenciarios, “de manera arbitraria y sin razones aparentes”. Cree que es una forma de aterrorizar a la población o para amedrentar a los habitantes de una ciudad que se perfila como opositora, o que ocurran muchas protestas, “esconde un fin oscuro, sin lugar a dudas, sin un fin claro de acuerdo a la garantía de los Derechos Humanos de los detenidos” afirma.
Sostiene que en los recintos de los anexos femeninos la situación es más bochornosa por el incumplimiento del Estado de Derecho. Las reclusas femeninas son trasladadas únicamente cuando se hacen las evacuaciones de los centros de reclusión administrados por el ministerio de Servicios penitenciario. Para ellas es más difícil lograr el traslado en casos como procesadas que están fuera de sus jurisdicciones donde tienen sus hogares.
Calificó como lamentable lo que ocurre, porque las mujeres son separadas de su grupo familiar, de sus hijos, muchas de ellas nunca tienen acceso a una visita porque están fuera de su sitio de domicilio.
Comisión interamericana de derechos humanos
Principios y Buenas Prácticas sobre la Protección de las Personas Privadas de Libertad en las Américas
Los traslados de las personas privadas de libertad deberán ser autorizados y supervisados por autoridades competentes, quienes respetarán, en toda circunstancia, la dignidad y los derechos fundamentales, y tomarán en cuenta la necesidad de las personas de estar privadas de libertad en lugares próximos o cercanos a su familia, a su comunidad, al defensor o representante legal, y al tribunal de justicia u otro órgano del Estado que conozca su caso.
Los traslados no se deberán practicar con la intención de castigar, reprimir o discriminar a las personas privadas de libertad, a sus familiares o representantes; ni se podrán realizar en condiciones que les ocasionen sufrimientos físicos o mentales, en forma humillante o que propicien la exhibición pública.