La demanda fue interpuesta por el dueño de la empresa, Jonathan Gutiérrez, en el 2006.
El IPYS considera que el dictamen del juez vulneró el artículo 97 de la Ley Orgánica de la Procuraduría General de la República (LOPGR), donde se establece que, en caso de embargo de bienes afectos a un servicio público, se debe de notificar previamente al Procurador y otorgarle un plazo de 45 días, trámite que no se efectuó.
El incumplimiento de este artículo contempla una multa para el Juez, que oscila los entre 860 y los 1720 dólares americanos.
La emisora Horizonte 88.5 es crítica al Gobierno Nacional.