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Alerta IPYSve | Diosdado Cabello reactivó proceso legal contra El Nacional

La Sala de Casación Civil del Tribunal Supremo de Justicia (TSJ) reactivó la demanda por “daño moral” presentada por Diosdado Cabello, diputado de la Asamblea Nacional electa el 6 de diciembre de 2020 y vicepresidente del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), contra el diario El Nacional en abril de 2015 a fin de dar celeridad a la indemnización exigida por el dirigente chavista.

El 29 de enero de 2021, el penalista Alejandro Castillo, abogado de Cabello, presentó una petición de avocamiento con objeto de que revise el monto de la condena, de 1.000 millones de bolívares, que el Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de Caracas le impuso a El Nacional hace casi tres años.

En respuesta, mediante la sentencia AVOC.000001 del Expendiente número: 21-008, con fecha del 1 de marzo de 2021, la Sala de Casación Civil del TSJ ordenó al Juzgado Tercero de Primera Instancia del Área Metropolitana de Caracas remitir el expediente de la demanda, en un lapso de 48 horas contadas a partir de la notificación del fallo, “so pena de que se apliquen las sanciones previstas en el artículo 122 de la Ley Orgánica del Tribunal Supremo de Justicia”.

Cabello, quien ha ocupado los primeros puestos en el gabinete durante la presidencia de Nicolás Maduro y Hugo Chavez, inició este proceso contra El Nacional, el portal informativo La Patilla y Tal Cual, luego de que estos medios replicaron una investigación original del diario español ABC en la que, con el testimonio de Leamsy Salazar, ex escolta del dirigente, se señalaba al parlamentario de estar vinculado con operaciones de narcotráfico. El texto se puede leer en la página web de ABC titulado como “El jefe de seguridad del número dos chavista deserta a EE.UU. y le acusa de narcotráfico”.

Tres años después de haber introducido la demanda, en 2018, el tribunal decretó que sí hubo “daño moral” y obligó a El Nacional a pagar una multa de 1.000 millones de bolívares (12.500 dólares a la tasa oficial Banco Central de Venezuela de ese año), que deben ser calculados y ajustados por el incremento de la inflación en el país, según un documento publicado por Pedro Carreño, entonces presidente de la Comisión del Poder Público de la Asamblea Nacional Constituyente, a través de su cuenta de Twitter.

Así mismo, Carreño declaró que durante el juicio se hizo una solicitud sobre las instalaciones de El Nacional, para que en caso que el medio de comunicación se negara a pagar su deuda, Cabello pasaría a ser su nuevo dueño.

El Nacional tiene un edificio sede extraordinario para una universidad. Apenas tenga la sentencia, me dicen dónde firmar para entregar el edificio para la Universidad Internacional de la Comunicación que anunció nuestro presidente Nicolás Maduro”, dijo Cabello en 2019.

Sentencia contra La Patilla

El portal informativo La Patilla también fue sentenciado a pagar una indemnización millonaria por este caso. 

En principio, la acción legal contra La Patilla fue por el equivalente a mil millones de bolívares fuertes, y eso fue lo que ordenó pagar el juez de primera instancia, pero luego de una apelación, el de segunda instancia determinó en septiembre de 2018 que el pago debía ser por dos mil millones de bolívares fuertes. Finalmente, el caso fue elevado al máximo tribunal del país, y la sentencia de la Sala de Casación Penal del TSJ elevó la cifra a 30 mil millones de bolívares soberanos, que a la tasa de cambio oficial equivalen a unos 5.081.472,94 dólares.

El abogado del portal informativo, Jesús Ollarves, calificó de exabrupto la cifra a pagar de La Patilla, según una entrevista que publicó el diario Tal Cual, en la que Ollarves también aseguró que, además del valor del monto y los cambios que los diferentes juzgados hicieron del mismo, la sentencia “constituye una violación a la libertad de expresión que tiene como objetivo producir un clima de temor y desasosiego, y fortalecer el blackout informativo que hay en Venezuela”. 

Nuevos señalamientos por difundir investigaciones de terceros

El modo en el que se inició esta demanda en la que se vieron acusados los  accionistas, directores, miembros del consejo editorial y dueños de los tres medios de comunicación también ha sido utilizado por Cabello para llamar la atención sobre portales informativos venezolanos que difunden investigaciones de interés público que son originales de medios extranjeros con la excusa de que deben presentar pruebas que avalen la veracidad de las informaciones publicadas.

El miércoles 10 de febrero, en su programa 330 de Con El Mazo Dando, Cabello sugirió al Ministerio Público iniciar una investigación contra este Efecto Cocuyo por difundir parte de una investigación de la Revista Semana de Colombia sobre los movimientos de miembros y líderes de las Fuerzas Armadas Revolucionarias de Colombia (FARC) en Venezuela.

Estos hechos se constituyen como un abuso de la influencia que puede ejercer una figura política sobre el  sistema legal venezolano con el fin de perjudicar a la prensa libre en el país. Estas prácticas  son contrarias a lo que establecen las instancias internacionales de protección de libertad de expresión, que han dicho que las acciones legales por difamación e injuria y las leyes de desacato deben ser derogadas por los Estados porque restringen el debate público, que es esencial en el funcionamiento de las sociedades democráticas.

En su informe anual de 2014, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) recomendó a Venezuela modificar las leyes penales ambiguas o imprecisas que limitan la libertad de expresión de manera desproporcionada, como aquellas destinadas a proteger la honra de ideas o de instituciones o las que pretenden proteger la seguridad nacional o la paz pública, a fin de eliminar el uso de procesos penales para inhibir el libre debate democrático sobre los asuntos de interés público y el pleno ejercicio de los derechos políticos.

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