El periodista Luis Alejandro Acosta quedó privado de libertad, luego de la audiencia de presentación que se realizó el martes 12 de septiembre ante el Tribunal Primero de Control del estado Amazonas.
1/6 #AvanceIPYSve | Este #12Sep se realizó la audiencia de presentación del periodista Alejandro Acosta en el Circuito Judicial Penal de #Amazonas. El Ministerio Público solicitó efectos suspensivos de la libertad condicional que otorgó la jueza. #13Sep
— IPYS Venezuela (@ipysvenezuela) September 13, 2023
Acosta fue detenido por funcionarios de la Guardia Nacional Bolivariana (GNB), el viernes 8 de septiembre en horas de la mañana en el Parque Nacional Yapacana, en el municipio Atabapo, y luego trasladado a la sede de la Policía Nacional Bolivariana, en Puerto Ayacucho, capital del estado.
1/3 #AvanceIPYSve | El periodista Alejandro Acosta, quien estaba en las minas del #CerroYapacana, en #Amazonas, fue detenido el #8Sep en horas de la mañana. No se ha podido precisar qué actor ejecutó la detención. #10Sep pic.twitter.com/miKDkQdtdq
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Según informaron los abogados del periodista, el Ministerio Público le imputó tres delitos: ocupación ilícita de áreas naturales protegidas, ejercicio ilegal de la actividad minera (establecidos en la Ley Orgánica del Ambiente) e incitación a delinquir (contemplado en el Código Penal).
La jueza acogió la imputación por los tres delitos, pero acordó conceder libertad condicional a Acosta. Sin embargo, los fiscales del Ministerio Público solicitaron la suspensión de esta medida, por lo cual el periodista permanece detenido en un comando de la GNB conocido como El Muelle, a orillas del río Orinoco en Puerto Ayacucho.
La suspensión de efectos de una decisión judicial que acuerda la libertad de una persona procede excepcionalmente en casos de delitos muy graves, como se indica en el artículo 430 del Código Orgánico Procesal Penal (COPP).
El mismo artículo 430 del COPP establece que el tribunal cuenta con 24 horas para notificar a la Corte de Apelaciones, y esta, tras haber recibido el documento, tiene un lapso perentorio de 48 horas. Si en ese período la Corte de Apelaciones no toma una decisión, procede la inmediata excarcelación del detenido.
La jueza le impuso las siguientes restricciones a Acosta: presentación ante el tribunal cada 15 días, prohibición de salida del estado Amazonas y prohibición de publicar información en redes sociales sobre lo que ocurre en el Parque Nacional Yapacana, donde cuerpos de seguridad militares ejecutan desalojos de mineros ilegales.
La prohibición de publicar información sobre un tema específico, como la impuesta al periodista Luis Alejandro Acosta, constituye una medida de censura previa judicial. Se trata de una práctica habitual perniciosa de las autoridades venezolanas, que viola los estándares de protección de la libertad de expresión y el derecho a la información.
En los últimos meses, Acosta había difundido en sus redes sociales denuncias sobre las actuaciones de las fuerzas de seguridad en el Parque Nacional Yapacana.
IPYS Venezuela exige la preservación de todos los derechos del periodista Luis Alejandro Acosta y, especialmente, suficientes garantías de debido proceso. La organización persistirá en el seguimiento de este caso.