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Poder judicial declaró inadmisible amparo interpuesto por dificultades en la adquisición del papel periódico

El 13 de junio de 2014, el Tribunal Supremo de Justicia venezolano,  rechazó el amparo interpuesto ante la sala Constitucional por las dificultades y la negativa del poder ejecutivo en la entrega de divisas para la adquisición de papel periódico, a diversos diarios nacionales.

El recurso judicial fue solicitado contra el vicepresidente para el Área Económica y ministro del Poder Popular de Petróleo y Minería, Rafael Ramírez; los ministros del Poder Popular para la Planificación, Jorge Giordani; de Economía, Finanzas y Banca Pública, Rodolfo Marco Torres, y de Comercio, Dante Rivas; los presidentes del Banco Central de Venezuela (BCV), Nelson Merentes, y del Centro Nacional de Comercio Exterior, Alejandro Fleming. Esto se debe a que presuntamente serían estos funcionarios los responsables en las dilaciones para la asignación de divisas que permitan la importación del papel periódico.

“Esta no es más que una muestra de la censura que se vive en el país”, indicó a IPYS Venezuela David Natera, presidente del Bloque de Prensa Venezolano.

El amparo constitucional  interpuesto por representantes del partido político social cristiano Copei, establecía: “estamos en presencia de una amenaza de violación directa e inmediata del Texto Constitucional, solicitamos que se declare que el control de la política cambiaria que impide el acceso a las divisas genera la suspensión de la garantía a la libertad de prensa y por ende la suspensión del derecho a la libertad de expresión, información y a la libertad de prensa del pueblo venezolano, instaura un Estado de Excepción de hecho”.

El recurso judicial solicitaba que se ordenara “al Poder Ejecutivo revisar el sistema cambiario a fin de permitir un mecanismo alterno al control oficial para la adquisición de moneda extranjera”.

Como respuesta, la sala, en el fallo redactado por la magistrada Gladys María Gutiérrez Alvarado, indicó que no resulta evidente que las políticas económicas en materia cambiaria, que viene implementado el Ejecutivo Nacional a través de los organismos competentes, en coordinación con el Banco Central de Venezuela, menoscaben o amenacen menoscabar el derecho a la libertad de expresión al que en tantas ocasiones la Sala Constitucional ha resguardado en sus diversas decisiones.

Entre las razones que alegó la presidente del  TSJ, para sostener este criterio, figuran las subastas de dólares que el Gobierno puso en marcha el año pasado a través del Sistema Complementario de Administración de Divisas (Sicad). Ciertamente,  el pasado 29 de enero de 2014, se convocó una subasta en las que las editoriales podrían ofertar, sin embargo la misma fue anulada y desde entonces no se les ha permitido participar en otra.

Por tanto, la decisión que adoptó la Sala Constitucional significa el rechazo al amparo legal de la prensa, y la negativa a la petición de ordenarle al Ejecutivo Nacional que le otorgues las divisas necesarias  para reponer los inventarios de papel  a los medios impresos.  “Esto corresponde con el control que ejerce el gobierno para tratar de sobornar a los medios independientes”, dijo Natera en comunicación con IPYS Venezuela.

“Con el papel periódico no se pueden hacer concesiones, porque se estaría vulnerando un derecho humano”, expuso David.  El Bloque de Prensa Venezolano (BPV) aseguró que los diarios requieren 140 millones de dólares para garantizar su operación este año, lo cual representa menos el 1% del total de las importaciones. A pesar de ello, desde el mes de septiembre del año 2013, 8 diarios han dejado de circular y aproximadamente, el 40% de los medios impresos que aún se comercializan, han reducido su tiraje y paginación, por la escasez de papel periódico.

Conozca el seguimiento que ha realizado IPYS Venezuela a la situación de las dificultades del papel periódico en Venezuela: http://ipys.org.ve/?s=dificultades+papel+peri%C3%B3dico

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