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Funcionarios del poder legislativo negaron información pública a periodista de medio impreso

El 03 de octubre de 2012, funcionarios de la Dirección de Archivo y Biblioteca de la Asamblea Nacional (máxima instancia del poder legislativo) le negaron el acceso a los archivos de las Memorias y Cuenta del organismo, a Jesús Alberto Yajure, reportero de la Unidad de Investigación de Últimas Noticias, periódico privado de circulación nacional.

Yajure informó a Ipys que  acudió a la dependencia pública, con sede en Caracas, a fin de consultar las Memoria y Cuenta de la Asamblea Nacional, correspondientes a los años 2005 y 2006, informes de gestión que deberían ser de libre consulta y estar a disposición de los ciudadanos, según lo establece el artículo 143, de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

Sin embargo, un trabajador de esa dependencia le manifestó al periodista que las Memoria y Cuenta que buscaba no se encontraban en los archivos, y que por orden de Iván Zerpa, secretario de la Asamblea Nacional, las consultas de esos documentos correspondientes a años anteriores a 2006, solo podría realizarse con su autorización. Ante la insistencia del reportero, quien estaba a cargo de la oficina le dijo que redactara una carta en solicitud de la información que requería, en la que explicara los motivos de su exigencia. Así lo hizo Yajure. Asimismo, el trabajador del parlamento le dijo que llamara al día siguiente para saber en qué estatus se encontraba su petición.

Un día después, Yajure se comunicó vía telefónica, como le había sido indicado, y le informaron que en los archivos no se encontraban las Memoria y Cuenta de 2005 y 2006, a las que él necesitaba acceder. Le sugirieron que acudiera a la sede de la Biblioteca Nacional, adscrita al Ministerio de la Cultura.

El periodista se dirigió a la Biblioteca Nacional, instancia en la que le afirmaron que ese instituto no contaba con esa información y le recomendaron acudir a la Dirección de Archivo y Biblioteca del órgano legislativo, lugar en el que deberían ofrecerle los documentos que él estaba solicitando. Yajure volvió a la dependencia de la Asamblea Nacional, y comunicó todos los trámites que había realizado para obtener la información, la cual debería ser de conocimiento y acceso público.

Transcurridos 20 días de este procedimiento, el periodista informó a Ipys que no ha obtenido respuesta a su requerimiento. Esta situación se considera una limitación de hecho que restringe el acceso a la documentación pública, lo cual se considera contrario a las disposiciones de la Constitución Nacional, y otras normativas que garantizan el derecho de todos los ciudadanos a buscar y recibir información sobre los asuntos de interés público. Una de estas disposiciones es el artículo 9 de la Ley Orgánica de Administración Pública, que expone: “Los funcionarios y funcionarias de la Administración Pública tienen la obligación de recibir y atender, sin excepción, las representaciones, peticiones o solicitudes que les formulen los particulares en las materias de su competencia ya sea vía fax, telefónica, electrónica, escrita u oral; así como de responder oportuna y adecuadamente tales solicitudes, independientemente del derecho que tienen los particulares de ejercer los recursos administrativos o judiciales correspondientes, de conformidad con la ley”.

Etiqueta: Limitación de hecho que restringe el acceso a la documentación pública

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