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Poder Electoral censuró videos de organización política

El 5 y 6 de marzo de 2013, por vulnerar la Ley Orgánica de Procesos Electorales, el Consejo Nacional Electoral (CNE), órgano del poder electoral, prohibió la difusión de los micros “Vota como quieras” y “Vota con Libertad”,  producido por la organización no gubernamental Ciudadanía Activa y pautado para su transmisión en Globovisión, planta televisiva privada, a la que también se le abrió dos procedimientos administrativos sancionatorios, al igual que a la organización anunciante. Esta medida se toma en el marco de la campaña presidencial para las elecciones del 14 de abril.

El CNE, también, abrió un procedimiento administrativo sancionatorio contra el Diario Vea, medio de tendencia oficialista, con sede en Caracas. Este periódico fue sancionado por, supuestamente, publicar propaganda electoral sin el número del Registro de Información Fiscal (RIF). Por la misma situación, también, se abriría una instigación contra La Prensa de Lara, periódico privado de Barquisimeto, estado Lara.

El ente electoral, también, informó el inicio de procedimientos administrativos contra “la organizaciones con fines políticos como  Primero Justicia por la utilización de niños, niñas y adolescentes en anuncios de propaganda electoral publicado en el diario Últimas Noticias (periódico privada de circulación nacional); y contra la organización con fines políticos Unidad Democrática, postulante del candidato presidencial Julio Mora por el uso de imagen de un candidato sin su autorización en propaganda transmitida a través del canal de televisión Televen”, (medio privado de señal abierta a nivel nacional).

En cuanto al caso de Ciudadanía Activa y  Globovisión, el CNE prohibió la difusión de 2 micros, a través de dos procedimientos administrativos sancionatorios, abiertos en días consecutivos: 5 y 6 de abril. El primer micro censurado se titulaba “Vota con libertad” y resaltaba: “El voto es secreto”, y recreaba una escena de donde un hombre, llega a la casa de una de las electoras, y la presiona para que ejerza su voto a favor del candidato “A”, a modo de ejemplificación, sin contener elementos referentes a ninguno de los candidatos presidenciales para los comicios del 14 de abril (Ver el video: http://www.youtube.com/watch?v=SUI-KoM12JI&feature=youtu.be). El segundo spot iba en la misma línea y se titulaba “Vota con libertad”  (http://www.youtube.com/watch?v=hPeF3_fGdcI&feature=youtu.be)

El órgano electoral tomó esta medida al considerar que los micros de Ciudadanía Activa contenían mensajes que violentan la normativa electoral bajo el criterio de que las asociaciones civiles no están autorizadas para difundir propaganda electoral. Sin embargo, Oscar Lucién, director de Ciudadanía Activa -organización que se dedica a la promoción y defensa de los derechos y deberes ciudadanos establecidos en la Constitución Nacional- explicó a IPYS Venezuela que los micros transmitidos eran parte de una campaña electoral, y que no violentaban la normativa electoral, debido a que buscaban incentivar el voto, pero que no contenían mensajes que favorecieran a ninguna de las tendencias políticas que participan en la contienda electoral.

Ciudadanía Activa acudirá al Tribunal Supremo de Justicia, máxima instancia del poder judicial, a presentar un amparo constitucional y una medida cautelar ante esta prohibición, por considerarla contraria a las disposiciones del los artículos 57 y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.

En julio de 2012, durante la anterior campaña presidencial, el CNE ordenó retirar de los medios de comunicación tres piezas audiovisuales de la Organización No Gubernamental Ciudadanía Activa, referidas al ventajismo electoral (/alerta?id=2939&y=2012&m=07)

En relación a los medios impresos que publicaron propaganda electoral sin el número del Registro de Información Fiscal, IPYS Venezuela consultó Tania Guerrero, directora del Diario Vea, quien explicó que recibieron la notificación del CNE y están atendiendo el exhorto. Explicó que el incidente se  generó por un aviso contratado por la Alcaldía de Barcelona, estado Anzoátegui, publicado el 5 de abril, y que el arte enviado desde una agencia de publicidad no incluía el número RIF. Sin embargo, el medio está asumiendo su responsabilidad para atender este llamado.

Por su parte, Yusleny Ferrer, jefe de información de La Prensa de Lara, informó  a IPYS Venezuela que este medio no recibió ninguna notificación sobre esta investigación abierta por el CNE. Dijo que el periódico presume que el procedimiento se pudo haber generado por un aviso contratado por el Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV), fuerza política oficialista que respalda la candidatura de Nicolás Maduro, también, Presidente encargado de la República. Ferrer explicó que el aviso que, suponen, abría generado este incidente fue publicado el 30  de abril de 2013, en la página 35, en blanco y negro, por lo que no se detalló el RIF. IPYS Venezuela monitoreó la situación y determinó que el CNE difundió una nota de prensa sobre estas irregularidades en su portal web, y luego  la información fue modificada y ahora no se incluye la presunta falta de La Prensa de Lara (http://www.cne.gob.ve/web/sala_prensa/noticia_detallada.php?id=3142).

Entre marzo y abril de 2013, el CNE abrió una investigación contra otros medios de comunicación, y ordenó la prohibición de la difusión de los contenidos pagados por organizaciones y asociaciones civiles, por no estar autorizadas para realizar propaganda electoral (/alerta?id=3359&y=2013&m=04).

Para consultar la normativa electoral t conocer las disposiciones sobre difusión de mensajes electorales y actores autorizados, haga click aquí

Etiqueta: acción administrativa, censura previa, uso abusivo del poder estatal

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