miércoles , mayo 1 2024

Tribunal ratificó medida de censura y multa contra dos periódicos

El 08 de agosto de 2013, la jueza Tercero de Juicio con competencia en Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, Betilde Araque, dictó un fallo en el que se ordena una multa  a los diarios El Nacional y Tal Cual, equivalente al 1% de los ingresos brutos durante 2009. Además, se ratificó la medida de prohibición de imágenes con contenido violento. El procedimiento judicial fue motivado por la supuesta violación de los derechos de la infancia estipulados en la Ley Orgánica de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes (Lopna) tras la publicación de una fotografía que mostraba el estado de la morgue de Bello Monte, en Caracas, en primera plana de la edición del 25 de agosto de 2010, en el diario El Nacional, y que fue replicada al día siguiente por Tal Cual.

 

La demanda fue interpuesta, en 2010, por la Defensoría del Pueblo, el Instituto Autónomo de Defensa de Niños Niñas y Adolescentes y el Ministerio Público.

 

Según informaron a IPYS Venezuela, los abogados Juan Garantón y Humberto Mendoza de Paola, defensores de los diarios El Nacional y Tal Cual, respectivamente, informaron que apelarán la decisión del tribunal que se hará pública en los próximos días. Por esta razón, no se tienen detalles de fondo de la sentencia sobre este caso.  Los abogados consideran el fallo como una violación a la libertad de expresión.

 

Garantón explicó a IPYS Venezuela que la aplicación de la multa se encuentra fuera de lugar debido a que se sustentó en el artículo 234 de la Lopna, que bajo su interpretación está destinado para la decisión de sanciones para medios audiovisuales. Esta disposición establece: “Quien transmita, por cualquier medio de comunicación, informaciones o imágenes en  contraposición a esta Ley o a las regulaciones de los órganos competentes, en horario distinto al autorizado, sin aviso de calificación o que haya sido clasificado como inadecuado para los niños, niñas o adolescentes admitidos, será sancionado o sancionada con multa de  uno por ciento (1%) hasta dos por ciento (2%) de los ingresos brutos causados en el ejercicio  fiscal anterior a aquel en el cual se cometió la infracción”.
El diario El Nacional informó que la multa deberá pagarse al Fondo de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes, luego de un proceso de experticia que debe realizar el tribunal para determinar el monto a pagar. Hasta ahora, se desconocen una aproximación a los montos por los que serán sansionados los medios impresos.

 

Por su parte, Humberto Mendoza explicó que según las demandas presentadas por las instituciones del Estado, el diario Tal Cual fue sometido al proceso judicial solo bajo las motivaciones que solicitaban la prohibición de la publicación imágenes con contenido violento y no se contempló una sanción económica, por lo que considera que la decisión de aplicación de la multa extrapola los fundamentos de la demanda. Agregó que el medio no puede ser condenado por unos cargos por los que no fue acusado.

 

 

Medida de censura

 

Los abogados explicaron que se ratificó la prohibición -dictada en 2010- de publicar en los dos diarios acusados “imágenes de contenido violento, armas, agresiones físicas, sangrientas y cadáveres desnudos”. Mendoza afirmó que la orden de censura fue ampliada debido a que en la demanda interpuesta en 2010, se solicitaba al tribunal ordenar a los medios a impedir que El Nacional y Tal Cual publicaran fotografías referentes a algún hecho “violento, sangriento, grotesco, bien sea de sucesos o no, que de una u otra forma vulneren la integridad psíquica y moral de los niños, niñas y adolescentes”.

 

 

En su edición del 9 de agosto de 2013, El Nacional informa sobre el fallo del tribunal. También, publicó una imagen, que fue enviada por la Presidencia de la República, en la que aparece el primer mandatario nacional Nicolás Maduro, con un arma en la mano, correspondiente al plan desarme impulsado por el gobierno nacional. El medio afirmó que  pesar de esta información que recibieron desde el ejecutivo nacional “la juez Betilde Araque le prohibió a El Nacional publicar imágenes de armas” (https://twitter.com/ElNacionalWeb/status/365840533798678528/photo/1)

 

Garantón, también, describió que orden de censura solo aplica para los dos diarios acusados, y que según el fallo del tribunal será una medida permanente.

 

Derecho a réplica

 

Según comentaron los juristas a IPYS Venezuela, la jueza Betilde Araque, antes de dictar el fallo durante el juicio, informó que deseaba ejercer su derecho a réplica. Esta petición la realizó en respuesta a unas declaraciones de Juan Garantón publicadas en El Nacional el 2 de agosto de 2013, durante una audiencia previa, cuando el abogado afirmó que esta demanda legal  tiene motivaciones políticas y que esperaba una sentencia política”.

 

Según relató a IPYS Venezuela Yamis Urbano, reportero de la fuente judicial de El Nacional, quien estuvo presente en el tribunal, la jueza mostró la edición del mismo periódico del 2 de agosto y esgrimió sus críticas ante la publicación. El periodista explicó que Araque, también, hizo un llamado para que los periodistas realicen su labor apegados a los principios éticos.

Precedente

 

Este caso comenzó el lunes 17 de agosto de 2010, cuando el tribunal del Circuito Judicial de Protección de Niños, Niñas y Adolescentes del Área Metropolitana de Caracas inició una acción contra los diarios El Nacional y Tal Cual en la que le prohibía publicar no sólo imágenes, sino también informaciones y publicidad con contenidos de sangre, sobre muertes y decesos que puedan alterar el bienestar psicológico de los niños.  Luego ordenó a todos los medios de comunicación impresos que se abstuvieran de publicar imágenes de contenido “violento”. El procedimiento se produjo ante la solicitud que presentó la Defensoría del Pueblo. La medida fue revocada a los dos días para los demás medios y continuó la censura para Tal Cual y El Nacional. El 2 de agosto de 2013, el diario informó que el juicio en su contra había culminado y están a la espera de la decisión del tribunal. Representantes del medio informaron que esperan que la demanda sea declarada sin lugar.

 

IPYS Venezuela ha documentado que en los últimos 8 años se ha presentado demandas otras medidas de censura y multas por órdenes de tribunales contra medios de comunicación, bajo el alegato de la defensa de los derechos de la infancia ( /search.aspx?search=ni%C3%B1os,%20ni%C3%B1as%20y%20adolescentes&page=3)

 

Acciones judiciales que amenazan la expresión

 

IPYS Venezuela alerta sobre el abusivo uso de acciones judiciales para criminalizar y censurar a los periodistas y medios de comunicación en el país. Esta organización rechaza cualquier medida destinada a censura y a restringir las libertades periodísticas y el derecho de los ciudadanos a recibir información adecuada, pertinente y oportuna (/news_deinteres?tipoPub=Nacionales&id=3556).

Ver también

Comienzan postulaciones para el XIV Concurso Nacional de Periodismo IPYSve

El galardón estrena la categoría Periodismo Colaborativo, y el 28 de abril se cierran las …