jueves , mayo 2 2024

Alerta IPYSve | Nicmer Evans fue acusado por delitos de la Ley contra el Odio

El Tribunal 21 de Primera Instancia del Área Metropolitana de Caracas ratificó privación preventiva de libertad contra el director del medio digital Punto de Corte, Nicmer Evans, por el delito de “promoción al odio” contenido en el artículo 20 de la “Ley Contra el Odio”, durante la audiencia que se llevó a cabo alrededor de las 4 de la tarde y que se extendió hasta pasadas las 7 de la noche de este viernes 17 de julio, posterior a las más de 90 horas de detención arbitraria.

Evans fue trasladado nuevamente a la sede de la Dirección General de Contrainteligencia Militar (DGCIM) en Boleíta, al este de Caracas. Aunque ni sus familiares ni sus abogados lo pudieron ver durante sus más de 90 horas de detención, previo a sus presentación, su esposa Martha Cambero afirmó que Evans estuvo detenido en la sede de la DGCIM donde los funcionarios jamás quisieron recibirle ni comida, ropa o medicamentos las veces que Cambero se acercó a la sede militar. Los efectivos alegaron en reiteradas oportunidades que no era el día para recibir insumos para los detenidos.

Alrededor de las 3:30 P.M. del viernes 17, el Foro Penal Venezolano informó que había interpuesto un Habeas Corpus para exigir a las autoridades que familiares y defensa vieran a Evans luego de más de 90 horas de detención sin que fuera presentado en los tribunales, como establece el ordenamiento jurídico interno.

Cambero afirmó a IPYS Venezuela que alrededor de las 10 de la noche del miércoles 15 de julio fue recibida una llamada al teléfono celular de la otra hija de Evans en la que se escuchaba al director de Punto de Corte diciendo que se encontraba bien y que solicitaba le llevaran ropa a la sede de la DGCIM. La llamada no duró más de un minuto.

El también politólogo fue detenido alrededor de las 8 de la noche del lunes 13 de julio por una comisión mixta del Cuerpo de Investigaciones Científicas, Penales y Criminalísticas (CICPC) y la DGCIM, horas después que los funcionarios realizaran un allanamiento a la vivienda de Evans en donde se encontraba su esposa, su hijo menor de seis años, su madre y su suegra, estas últimas personas de la tercera edad y convalecientes.

La Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y su Relatoría Especial para la Libertad de Prensa expresaron su preocupación por la detención de Evans bajo señalamientos de la Ley Contra el Odio que “contempla tipos penales vagos y ambiguos” además del hecho de criminalar “la crítica política en perjuicio de la libertad de expresion”, señaló el organismo internacional.

Relato de un allanamiento

La esposa de Evans contó a IPYS Venezuela las condiciones en que se desarrolló el allanamiento a la propiedad familiar, la tarde del lunes 13 de julio. La comisión mixta de efectivos llegaron al edificio con una orden que solo contenía el número del apartamento y del piso, sin que hubiera otro detalle vinculado con la búsqueda de Evans. Luego de revisar todos los espacios de la casa, y recopilar algunos equipos, en su mayoría electrónicos, los funcionarios le exigieron a Cambero les revelara el lugar en donde se encontraba Evans, pero en reiteradas oportunidades su conyuge señaló desconocer su ubicación.

Cambero señaló que de su propiedad fueron sacados varios celulares en desuso, su teléfono personal y el de la casa, varios carnets de identificación de Nicmer Evans, una tableta, un pendrive que formaba parte de los juguetes de su hijo menor, el router de conexión Wifi y hasta un libro titulado “¿Cuándo se jodió Venezuela?” de Raúl Gallegos.

En medio de todo el escenario, los cuerpos policiales exigieron a Cambero que firmara una citación que la convocaba a asistir al día siguiente en horas de la mañana a la sede de la DGCIM en Boleíta junto a su esposo, y pasadas varias horas abandoraron el lugar, para posteriormente detener a Evans en otro lugar desconocido, como luego quedó en evidencia en la transmisión en vivo que realizó a través de sus cuenta en Instagram alrededor de las 8 de la noche.

IPYS Venezuela condena categóricamente los hechos irregulares y la aplicación desmedida de la Ley contra el odio, ley con basamentos ambiguos y aprobada bajo innumerables circunstancias irregulares, que ha sido usada por la administración de Nicolás Maduro para aplicar su brazo censor a las publicaciones u opiniones que de forma subjetiva se consideran como delitos de odio.

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