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Bolivia: Fiscalía exige identidad de periodistas

Cochabamba, 21  jul (ANP)  –  La Fiscalía exigió la identidad de periodistas y camarógrafos de la televisora privada ATB Cochabamba que realizó la cobertura de denuncias contra una funcionaria municipal, mientras los ejecutivos del medio rechazaron el pedido y se acogieron a la protección de la Ley de Imprenta.

En respuesta a la Fiscalía, la directora regional de ATB Cochabamba, Angélica Lazarte, recordó la vigencia de la Ley de Imprenta que, en su artículo 2, expresa que los responsables “de los delitos cometidos por la prensa” son los directores de diario, revistas y publicaciones periodísticas.

En junio pasado, la intendenta del Gobierno Municipal de la ciudad de Cochabamba, Luz Rojas, denunció ante la Fiscalía una campaña de desprestigio que “mella su dignidad como mujer y sobre todo servidora pública”, y argumentó que existe el propósito de obligarla a renunciar o provocar su destitución.

Rojas se acogió a la Ley contra el acoso y violencia política hacia las mujeres y reclamó las medidas de prevención y sanción contra un supuesto hostigamiento y descrédito a través de medios de comunicación.

Con anterioridad, el 7 de junio, un juez exigió la revelación de la identidad de periodistas que publicaron las denuncias de la ex compañera sentimental del presidente Evo Morales, Gabriela Zapata, contra el ministro de Obras Públicas, Milton Claros.

La Asociación Nacional de la Prensa de Bolivia (ANP) presentó un memorial en el cual exigió al juez Primero de Sentencia, Luis Gonzalo Yépez, dejar sin efecto la orden de revelar la identidad de los periodistas de los diarios El Deber, Los Tiempos, El Diario y Página Siete.

“Al efecto, debemos aclarar a vuestra autoridad que se encuentra en plena vigencia en nuestro país la Ley de Imprenta, de 19 de enero de 1925, donde en su artículo primero invoca que: Todo hombre tiene el derecho de publicar sus pensamientos por la prensa, sin previa censura, salvo las restricciones establecidas por la presente Ley”, anota el representante legal de la ANP, Eduardo Olivares, en el memorial.

En el documento, la ANP hace defensa del secreto de fuente periodística y recuerda que el artículo 8 de la Ley de Imprenta es contundente al señalar que: El secreto en materia de imprenta es inviolable.

Acude al artículo 28 de la norma que habilita a los Tribunales de Imprenta para conocer las quejas de “funcionarios públicos que fuesen atacados por la prensa en calidad de tales”.

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