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Continúa demanda por difamación contra 22 directivos de medios

El 5 de agosto de 2015, el Juzgado Vigésimo Noveno de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas instó a los directivos de los  medios impresos El Nacional, Tal Cual y el sitio web La Patilla, a comparecer ante dicho órgano jurisdiccional, con el fin de designar a sus defensores en relación con la demanda por el delito de difamación agravada continuada interpuesta por Diosdado Cabello, presidente de la Asamblea Nacional (AN). A partir de la consignación en autos del tercer cartel de citación, los demandados deberán acudir a tribunales en un lapso de diez días, de acuerdo con lo establecido en el artículo 401 del Código Orgánico Procesal Penal de Venezuela.

El tercer cartel de citación publicado en la edición impresa del diario El Universal insta a 17 directivos y miembros de los consejos editoriales de los medios a presentarse ante el tribunal.

Aun no se han presentado ante el órgano judicial Miguel Henrique Otero Castillo, Mariana Otero Castillo, Oswaldo Karam, Luis Carlos Serra Carmona, Juan Andrés Wallis Brandt, Omar José Delgado Lugo, Jorge Papatzikos Gianpopulos, Beatriz Cecilia de Majo de Algisi, Carmen Elena Macia Fortique y Leopoldo López Gil, quienes forman parte del diario El Nacional.

Por el semanario Tal Cual no han acudido Teodoro Petkoff Malec y Francisco José Layrisse Ramírez; y de La Patilla se citan Alberto Federico Ravell Arreaza, Isabel Cristina Ravell Nolk y David Laberto Morán Bohorquez a presentarse ante el juzgado.

El 4 de agosto de 2015, Juan Antonio Golía Amodio asistió al tribunal para que le fuese designado su defensor por la querella privada interpuesta por el presidente del Parlamento, y de la que se tuvo conocimiento a partir del el 12 de mayo de 2015.

Humberto Mendoza de Paola, asesor jurídico de Tal Cual dijo a IPYS Venezuela que Teodoro Petkoff no compareció por razones de salud y que no se encuentra en condiciones físicas para asistir a los tribunales, según consta en un informe médico avalado por cinco especialistas que fue consignado ante el juzgado. Entre tanto, Francisco Layrisse se encuentra fuera del país.

Para conocer sobre otras personas que forman parte de la política y los negocios, accede al portal web de Poderopedia Venezuela.

Esta demanda contra las 22 personas contempla una medida sustitutiva de libertad que implica la prohibición de salida del país  y un régimen de presentación de cada ocho días en tribunales.

En su informe anual de 1999, la Relatoría para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) reivindica la doctrina del Reporte fiel al señalar que:

“La reproducción de información de terceros no da lugar a responsabilidad, en los casos en que la información reproducida no sea correcta y pueda dañar el honor de alguna persona”.

“La publicidad de información proveída por terceros no debería verse restringida por la amenaza de responsabilizar al informador simplemente por reproducir lo manifestado por otro. Indudablemente esto implicaría una restricción innecesaria que limita considerablemente el derecho de todas las personas a estar informado”.

Las condenas que privan de la libertad por los llamados “delitos de opinión”, por difamación e injuria son contrarios al derecho a la libertad de expresión e incentivan a la censura, puesto que los mismos pueden ser conocidos o sancionados con penas administrativas, como por ejemplo multas administrativas. Así lo estipulan los numerales 10 y 11 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA).

Primer Cartel de Citación

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Segundo Cartel de Citación

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Tercer Cartel de Citación

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