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Demandarán al periodista Euro Lobo por violencia cibernética

Por María Virginia Velázquez

El 6 de julio de 2016, Juan Carlos Uzcátegui miembro del equipo municipal del Partido Socialista Unido de Venezuela (PSUV) en el estado Mérida, informó que demandará ante la fiscalía al periodista Euro Lobo por el delito de violencia cibernética.

El comunicador social se desempeña como Jefe de Prensa de la Alcaldía del municipio Libertador desde hace un poco más de un mes y maneja una cuenta personal en la red social Twitter como @EuroLobo desde el año 2010.

Sobre la agresión física, robo y quema de la ropa de cuatro seminaristas, hecho ocurrido el viernes primero de julio en Mérida, Euro Lobo publicó varios mensajes, a través de su cuenta en Twitter, en los que señala a “El Mono” como el responsable de lo ocurrido a los estudiantes del Seminario Menor San Buenaventura de Mérida.

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“Euro Lobo de manera irresponsable hizo señalamientos desde el viernes a tempranas horas, que la avenida don Tulio había sido tomada por la banda de El Mono”, expuso Uzcátegui en una conferencia de prensa el miércoles 6 de junio. Enfatizó que procederá “legalmente contra Euro Lobo y varias cuentas de Twitter y Facebook donde se ha desatado el odio” y se reservó los nombres de los usuarios de estas redes sociales que serán demandados.

En los mensajes, el periodista no menciona a Juan Carlos Uzcátegui Parra. Siempre hace referencia a “El Mono” y a su banda. Sin embargo, en la biografía que se encuentra en la red social Facebook, Uzcátegui se auto apoda “El Mono”.

IPYS Venezuela le hará seguimiento a este caso pues sería el tercer procedimiento judicial contra un periodista que se inicia en ese estado. Alexis Ramírez gobernador del estado Mérida inició una demanda judicial contra los periodistas Leo León y Horacio Contreras en el año 2013.

Amenazar con comenzar una causa judicial contra Euro Lobo o contra cualquier periodista es considerada una agresión con el uso de la normativa vigente que incluye una acción administrativa.

Los artículos 57  y 58 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela establecen el derecho que tienes los ciudadanos de expresar e informar libremente sus ideas u opiniones, a través de cualquier medio de comunicación sin que pueda establecerse censura.

El numeral 5 de la Declaración de Principios sobre Libertad de Expresión de la Organización de Estados Americanos (OEA) establece que la presión directa e indirecta sobre cualquier expresión, opinión o información difundida,  a través de los medios de comunicación, debe estar prohibida por la ley.

Además, su artículo 9 señala que las amenazas y hechos de intimidación a los comunicadores sociales violan los derechos fundamentales de las personas y coarta severamente la libertad de expresión.

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