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Con la norma  Contra el Odio, el Gobierno venezolano profundiza regulaciones en redes sociales

  • Jorge Rodríguez, ministro de Comunicación, anunció que Conatel efectuará regulación en redes sociales

  • Freedom House en su informe 2017 declaró Estado “No libre” a Venezuela. La calificación responde al incremento de bloqueos selectivos de sitios web,detenciones arbitrarias, deterioro de la infraestructura y agudización de procesos de desinformación por parte del Estado

Jorge Rodríguez, ministro de Comunicación e Información de Venezuela, anunció el 13 de noviembre que la Comisión Nacional de Telecomunicaciones (Conatel) se propone regular las redes sociales como ya lo realiza con el espectro radioeléctrico nacional. “Así como Conatel lleva un control necesario en los medios, actuará en las redes sociales”, ha dicho el funcionario.

El anuncio llega 5 días después de la aprobación de la norma contra el Odio y la Intolerancia, por la Asamblea Nacional Constituyente  (ANC) un “suprapoder” instaurado por el oficialismo. El texto contempla asuntos regresivos en materia normativa de los medios de comunicación tradicionales y digitales y  estipula restricciones en materia de acceso, pluralidad y diversidad y establece sanciones contra ciudadanos, medios de comunicación, organizaciones y prestadores de servicio.

Rodríguez realizó las declaraciones durante un evento para promocionar dicha ley, y enfatizó que el lineamiento jurídico  impedirá que proliferen las “políticas” de odio en las redes sociales. Adelantó que desde su despacho en colaboración con Conatel, laboran en el desarrollo de mecanismos tecnológicos para impedir la “radiodifusión de campañas de odio” en plataformas como Twitter y Facebook, así como también el desarrollo de campañas en favor de la paz, tal como lo establece la norma.

Durante el evento también asistió Delcy Rodríguez, presidenta de la ANC, que calificó el momento histórico que atraviesa el país como “ una revolución legislativa para Venezuela”

“Nosotros tuvimos que hacer un estudio de derecho comparado internacional a Ecuador y Alemania, que tienen una ley similar, pero estas leyes no tienen la dimensión en cuanto a una política pública de educación”, declaró Rodríguez,

Elías Jaua, ministro de educación y miembro de la “Comisión para la Promoción y Garantía de la Convivencia Pacífica”, instancia prevista en la Ley que tiene por objeto “diseñar la política pública dirigida al fortalecimiento y garantía del respeto, la tolerancia, la diversidad, la paz y tranquilidad pública”; aseveró que el texto ya promulgado en gaceta oficial, les permitirá tener un marco jurídico para incorporarlo a un programa permanente entre las materias del nuevo plan de estudio, en la materia “Orientación y Convivencia”

Declaración de nulidad

La norma  Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia fue declarada nula por la Asamblea Nacional (AN), este martes, 14 de noviembre. El acuerdo aprobado establece que la Asamblea Constituyente “no detenta función legislativa, ni de ninguna naturaleza”  y por ende el texto normativo está viciado de “nulidad absoluta”.

El diputado y presidente de la Comisión de Medios de la AN, Biagio Pilieri, señaló que la Ley Contra el Odio viola los artículos 57 y 58 de la Constitución referentes a la libertad de información y de expresión y además, amenaza con desnaturalizar el derecho al libre ejercicio de asociación por parte de las personas y organizaciones, consagrados en la Constitución Nacional.

Acordaron rechazar la viciada “Ley Constitucional Contra el Odio, por la Convivencia Pacífica y la Tolerancia”, puesto que pretende penalizar la disidencia política al tipificarla como delito, imponiendo sanciones penales, administrativas y tributarias en flagrante violación del derecho al debido proceso y a la presunción de inocencia; amenazando claramente con desnaturalizar el derecho al libre ejercicio de asociación por parte de las personas y organizaciones, consagrados en nuestra Carta Magna.

El primer vicepresidente del Psuv, Diosdado Cabello, criticó que el parlamento nacional  rechace esta normativa: “¿Quién puede estar a favor del odio, quién puede defender eso? La ley se hace necesaria porque efectivamente hubo crímenes de odio. ¡Justicia para que haya paz!”, ha comentado.

William Castillo, ex presidente de Conatel y actual viceministro de Comunicación Internacional del Ministerio de Relaciones Exteriores, mostró su apoyo a las declaraciones de Cabello, y se preguntó cómo podía alguien estar en contra de una ley contra el odio y a favor de la paz.

El 12 de noviembre realizó señalamientos contra contra el portal El Estímulo acusándolos de promover “falsas noticias” y “ollas mediáticas” luego de la publicación de una nota titulada “5 razones para preocuparse por la Ley del Odio”

Análisis jurídico

El Doctor en Derecho Ramón Escovar León, señala en una serie de análisis publicados en el sitio web Prodavinci que la normativa carece de base constitucional, puesto que una Asamblea Constituyente sólo está facultada para elaborar una nueva Constitución y no para dictar leyes.

Explica que en el caso venezolano la Constituyente sólo se puede aplicar por la vía de los hechos y no del derecho, y esta además, cohabita con la Asamblea Nacional, única instancia facultada para elaborar las leyes.

El abogado Juan Manuel Raffalli, coincide con el planteamiento y opina que al no tener ninguna implicación jurídica, el tratamiento semántico de la normativa debe ser “instrumento” y no “ley”. Opina que en Venezuela ya existen disposiciones suficientes que establecen responsabilidades para quienes fomenten la intolerancia y la violencia, menciona la Constitución; la Ley de Responsabilidad Social en Radio, TV y Medios Electrónicos  y el  Código Pena como ejemplo de ello.

Añade que en ningún artículo de la normativa “está ni puede estar definido” qué es el odio, la intolerancia o la discriminación. Expone que que el odio es un sentimiento que no tiene “delimitación fáctica en los supuestos de hecho de una norma”, por lo que la valoración del contenido de los presuntos mensajes de incitación de esta naturaleza, corresponderá discrecionalmente al fiscal, juez o autoridad administrativa, según el caso.

“En el derecho administrativo, este tipo de normas se llaman cláusulas abiertas y es precisamente esta amplitud y discrecionalidad junto a la magnitud de las sanciones, son las que permiten concluir que el verdadero objeto político de este instrumento es promover la autocensura en tiempos de crisis y elecciones”, concluye.

El abogado Jesús Alejandro Loreto coincide que la norma es sumamente confusa y vaga y la califica como una “una grosera violación” al derecho internacional que vulnera gravemente los derechos esenciales de los venezolanos.

El instrumento vulneraría, entre otros tratados, la Declaración Universal de Derechos Humanos (1948) el Pacto Internacional de Derechos Civiles Políticos (1976) y la Constitución Nacional en sus artículos 57, 58, 62 y 68.

Raffalli recuerda que el límite expreso de todas las actuaciones jurídicas debe ser el respeto a tales Pactos, Acuerdos y Convenciones en materia de derechos civiles y políticos, incluyendo de manera especial lo referente a la libertad de expresión, el derecho a la información, y el derecho a la manifestación y participación.

Venezuela territorio “No libre” en materia de libertades de Internet

Venezuela ha retrocedido en materia de derechos digitales debido al incremento de bloqueos selectivos de sitios web,detenciones arbitrarias de reporteros y activistas, violencia física y técnica registrada contra periodistas, medios digitales y sitios web de organizaciones ciudadanas, así como el deterioro del acceso y la calidad de los servicios de telecomunicaciones en el país.

Así lo ha señalado el informe “Libertad en Internet 2017” de Freedom House, una organización localizada en Washington, especializada en temas de seguimiento al estado de la libertad, democracia y derechos humanos publicado el martes 14 de noviembre de 2017, que le ha otorgado la calificación al país de “No libre” con respecto a la libertad en Internet en el período 2016-2017,

El informe anual señala que las suscripciones a Internet en el país han disminuido y tras años de mejoras en materia de penetración, para 2016 las cifras de la Unión Internacional de Telecomunicaciones (UIT) mostraron una disminución del acceso: de un 61,87% en 2015, a un 60% en 2016. Las cifras de penetración móvil también presentaron un descenso al pasar del 102% en 2012, al 87% en 2016.

De acuerdo a la investigación, se reportaron fallas frecuentes del servicio de Internet y las conexiones de baja calidad en las conexiones. El acceso disminuyó debido al aumento de la censura, bloqueos y ataques técnicos contra medios y organizaciones no gubernamentales.

Freedom House alertó que el gobierno nacional ha hecho esfuerzos para incrementar su influencia en el ámbito digital usando medios y plataformas controlados por el Estado, y alimentando “ejércitos de trolls”, al tiempo que apoya el desarrollo de brigadas de “patriotas cooperantes”-usuarios progubernamentales- que hostigan a quienes manifiesten puntos de vista opuestos a las autoridades oficiales. Twitter ha sido una de las plataformas predilectas por el oficialismo para para “desinformar o propagar información dirigida”, según el reporte.

Pese a las limitaciones, la organización señala que los medios, periodistas y ciudadanos en 201, continuaron utilizando activamente las plataformas digitales para compartir información crítica, pero de igual forma han seguido produciendo bloqueos arbitrarios de sitios web, especialmente dirigido a aquellos que ofrecieron cobertura en vivo de las protestas registradas desde abril a agosto de 2017.

La Relatoría Especial para la Libertad de Expresión de la Comisión Interamericana de Derechos Humanos de la Organización de Estados Americanos (OEA)  considera de particular importancia que las políticas públicas y las regulaciones de Internet preserven la arquitectura original de la red y ha instado a los Estados promover “la naturaleza abierta, distribuida e interconectada de Internet” y velar por acceso en igualdad de condiciones, el pluralismo, la no discriminación y la privacidad.

Han insistido en que todas las medidas en materia de regulación que puedan afectar el acceso y uso de Internet deben ser interpretada a la luz del derecho a la libertad de expresión, con especial relevancia a los discursos especialmente protegidos en los términos del artículo 13 de la Convención Americana.

La Relatoría exhortó al Estado venezolano  a preservar las condiciones de Internet asegurando que no se introduzcan cambios que tengan como consecuencia la reducción de voces y contenidos. Así como para que las políticas públicas en la materia protejan la naturaleza multidireccional de la red y promuevan las plataformas que permitan la búsqueda y difusión de informaciones e ideas de toda índole, sin consideración de fronteras.

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